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Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por D.S.
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, actualizado con
N° 184-2008-EF, actualizado conforme a las modificaciones aprobadas
las modificaciones introducidas por el D.S. N°080-2014-EF
previamente al D.S. N° 080-2014-EF
Artículo 1. Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado
TÍTULO I
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 16º.- Antigüedad del valor referencial
Artículo 16.- Antigüedad del valor referencial
Paraconvocar a un proceso de selección, el valor referencial no
Para convocar a un proceso de selección, el valor referencial no
podrá tener una antigüedad mayor a los seis (6) meses, tratándose de
puede tener una antigüedad mayor a los seis (6) meses tratándose de
ejecución de obras, ni mayor a tres (3) meses en el caso de bienes y
ejecución y consultorías de obras, ni mayor a tres (3)meses en el
servicios.
caso de bienes y servicios.
Para el caso de ejecución de obras que cuenten con expediente
Para el caso de ejecución de obras que cuenten con expediente
técnico, la antigüedad del valor referencial se computará desde la
técnico, la antigüedad del valor referencial se computa desde la fecha
fecha de determinación del presupuesto de obra queforma parte del
de determinación del presupuesto de obra que forma parte del
expediente técnico. Asimismo, en el caso de consultoría de obras, la
expediente técnico. Asimismo, en el caso de consultoría de obras, la
antigüedad del valor referencial se computará desde la fecha de
antigüedad del valor referencial se computa desde la fecha dedeterminación del presupuesto de consultoría de obra obtenido por la
determinación del presupuesto de consultoría de obra obtenido por la
Entidad producto del estudio de las posibilidades que ofrece el
Entidad producto del estudio de las posibilidades que ofrece el
mercado consignado en el expediente de contratación.
mercado consignado en el expediente de contratación.En el caso de bienes y servicios, la antigüedad del valor referencial
En el caso de bienes y servicios, la antigüedad del valor referencial
se computará desde la aprobación del expediente de contratación.
se computa desde la aprobación del expediente de contratación.
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Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por D.S.Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, actualizado con
N° 184-2008-EF, actualizado conforme a las modificaciones aprobadas
las modificaciones introducidas por el D.S. N° 080-2014-EF
previamente al D.S. N° 080-2014-EF
TÍTULO II
TÍTULO II
PROCESOS DE SELECCIÓN
PROCESOS DESELECCIÓN
CAPÍTULO I
CAPÍTULO I
ASPECTOS GENERALES
ASPECTOS GENERALES
Artículo 19º.- Tipos de procesos de selección
Artículo 19.- Tipos de procesos de selección
De conformidad con lo establecido en los artículos 15º, 16º, 17º y
De conformidad con lo establecido en los artículos 15, 16, 17 y 18
18º de la Ley, son procesos de selección los siguientes:
de la Ley, sonprocesos de selección los siguientes:
1. Licitación Pública, que se convoca para la contratación de bienes
1. Licitación Pública, que se convoca para la contratación de bienes
y obras, dentro de los márgenes que establecen las normas
y obras, dentro de los márgenes que establecen las normas
presupuestarias.
presupuestarias.
2. Concurso Público,...
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