pistachos
22 de agosto de 2011
29072
I.- DISPOSICIONES GENERALES
Consejería de Educación, Cultura y Deportes
Decreto 252/2011, de 12/08/2011, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico o Técnica Superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. [2011/11916]La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, en su artículo 10.2 indica
que las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, podrán ampliar los contenidos de los correspondientes títulos de formación profesional.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 39 que la formación profesional en elsistema educativo tiene por finalidad preparar a los alumnos y las alumnas para la actividad en un campo profesional y
facilitar su adaptación a las modificaciones laborales que pueden producirse a lo largo de su vida, así como contribuir a
su desarrollo personal y al ejercicio de una ciudadanía democrática, y que el currículo de estas enseñanzas se ajustará
a las exigencias derivadas del SistemaNacional de las Cualificaciones y Formación Profesional. Por otra parte establece en su artículo 6.1, con carácter general para todas las enseñanzas, que se entiende por currículo el conjunto de
objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas en la misma, así como que las Administraciones educativas estableceránel currículo de las distintas
enseñanzas.
El Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, en su artículo 17 dispone que las Administraciones educativas establecerán los currículos
correspondientes respetando lo dispuesto en esa norma y en las normas que regulen los títulos correspondientes, y que
enel ámbito de sus competencias podrán ampliar los contenidos de los correspondientes títulos de formación profesional. El artículo 18 de este Real Decreto indica que las Administraciones educativas tendrán en cuenta, al establecer el
currículo de cada ciclo formativo, la realidad socioeconómica del territorio de su competencia, así como las perspectivas
de desarrollo económico y social, con lafinalidad de que las enseñanzas respondan en todo momento a las necesidades
de cualificación de los sectores socioproductivos de su entorno, sin perjuicio alguno de la movilidad del alumnado.
Según establece el artículo 37.1 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, corresponde a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanzaen toda su extensión,
niveles y grados, modalidades y especialidades.
La Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha, establece en el artículo 70 que los currículos de los
títulos de formación profesional se establecerán atendiendo a las necesidades del tejido productivo regional y la mejora
de las posibilidades de empleo de la ciudadanía de Castilla-La Mancha.
Una vezpublicado el Real Decreto 450/2010, de 16 de abril, por el que se establece el título de Técnico Superior en
Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma y se fijan sus enseñanzas mínimas, procede establecer el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico o Técnica Superior en Desarrollo de Aplicaciones
Multiplataforma, en el ámbito territorial de estaComunidad Autónoma, teniendo en cuenta los aspectos definidos en la
normativa citada anteriormente.
El perfil profesional del título de Técnico o Técnica Superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma, dentro del
sector productivo de Castilla-La Mancha, evoluciona hacia una mayor integración, en la pequeña y mediana empresa,
de los sistemas de gestión relacionados con la calidad, prevención...
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