pitex
2. La enajenación porresidentes en el extranjero de las mercancías importadas temporalmente por una maquiladora o PITEX, a otra maquiladora, PITEX o a empresas
de la industria automotriz terminal o manufacturera devehículos de autotransporte o de autopartes para su introducción a depósito fiscal, cuya entrega material se efectúe en territorio nacional.
3. La enajenación de mercancías importadas temporalmenteque efectúen las empresas maquiladoras o PITEX a residentes en el extranjero, cuya entrega material se efectúe en territorio nacional a otras empresas maquiladoras, PITEX o a empresas de la industriaautomotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte o de autopartes para su introducción a depósito fiscal.
La enajenación que realicen residentes en el extranjerode las mercancías importadas temporalmente por una maquiladora o PITEX, a dicha maquiladora o PITEX, no se sujetará al traslado y pago del IVA, siempre que la mercancía enajenada permanezca bajo elrégimen de importación temporal, sin que en este caso se requiera tramitar los pedimentos a que se refiere la regla 5.2.6. de la presente Resolución, siempre que la maquiladora o PITEX cumpla con...
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