Plan de desarrollo
ACUERDO No. 006
(31 de Mayo de 2012)
POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO,
SOCIAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA EL MUNICIPIO DE TABIO:
“TABIO, TRABAJO CON AMOR 2012 – 2015”
EL CONCEJO MUNICIPAL DE TABIO
En ejercicio de sus facultades Constitucionales y legales y en especial las conferidas por
el numeral 2del artículo 313 de la ConstituciónPolítica y los artículos 74 de la Ley 136 de
1994; 37,38,39 y 40 de la Ley 152 de 1994, y,
CONSIDERANDO:
Que el capítulo 2 del título XII, artículo 339 la Constitución Política consagró los planes de
Desarrollo; dispuso la existencia de un Plan de Desarrollo Nacional conformado por una
parte general y un Plan de Inversiones Públicas. En el inciso segundo prevee la existencia
de Planes deDesarrollo de las entidades territoriales con el objeto de asegurar el uso
eficiente de los recursos y el desempeño adecuado de sus funciones.
Que el numeral 2º del artículo 313 de la Constitución Política establece que corresponde a
los Concejos Municipales adoptar los correspondientes planes y programas de desarrollo
económico y social.
Que el inciso segundo del artículo 339 de la ConstituciónPolítica, determina como
imperativo constitucional la obligación de elaborar y adoptar de manera concertada, entre
ellas y el Gobierno Nacional planes de Desarrollo con el objeto de asegurar el uso
eficiente de sus recursos y el desempeño adecuado de las funciones que les hayan sido
asignadas por la Constitución y la ley.
Que el artículo 342 de la Constitución Política, provee que en la adopcióndel Plan de
Desarrollo se debe hacer efectiva la participación ciudadana en su elaboración, conforme
a lo establecido en nuestro estatuto fundamental.
Que la Ley 152 de 1994, establece los procedimientos para elaborar, aprobar, ejecutar y
evaluar los planes de desarrollo conforme a las prioridades de los grupos sociales que
conforman la entidad territorial y el programa de gobierno.
Que elartículo 36 de la Ley 152 de 1994, establece que para elaborar, aprobar, ejecutar,
hacer seguimiento y evaluar los planes de desarrollo de las entidades territoriales se
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TABIO CUNDINAMARCA
CONCEJO MUNICIPAL - TABIO
deben aplicar, en cuanto sean compatibles las mismas reglas previstas para el Plan
Nacionalde Desarrollo.
Que el artículo 74 de la Ley 136 de 1994, establece que el trámite y aprobación del Plan
de Desarrollo Municipal debe sujetarse a los que disponga la Ley orgánica de Planeación.
Que el artículo 6 de la Ley 388 de 1997, complementa la planificación económica y social
con la planificación física, para orientar el desarrollo del territorio, racionalizar las
intervenciones sobre elterritorio y orientar su desarrollo y aprovechamiento sostenible.
Que el artículo 34 Numeral 3 de la Ley 734 de 2002, considera entre otros deberes del
servidor público el de formular, decidir oportunamente o ejecutar los Planes de Desarrollo
y los presupuestos y cumplir las leyes y normas que regulan el manejo de los recursos
económicos, públicos o afectos al servidor público.
Que la ley 62de 1993, la ley 87 de 1993, la ley 134 de 1994, la ley 617 de 2000 y la ley
715 de 2001 determinan las atribuciones del municipio. Del Consejo Municipal, del Alcalde
y de la Participación Ciudadana en relación con la planeación y vinculación de la
comunidad al desarrollo local.
Que con el fin de garantizar la participación ciudadana en la formulación del Plan de
Desarrollo, se llevaron a cabomesas de trabajo con las comunidades de los diferentes
Veredas y centros poblados de Tabio, con la asistencia de habitantes, líderes y
representantes comunales; así como mesas con sectores representativos del municipio a
partir de las cuales se identificaron las necesidades, problemáticas y posibles soluciones
desde la perspectiva popular de la ciudad.
Que la Ley 152 de 1994 establece en...
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