Plan De Renuncias Voluntarias
(BORRADOR)
IBARRA, JUNIO DE 2012
Índice
Tabla de contenido
Constitución de la República del Ecuador. 10
REGISTRO OFICIAL 10
1. INTRODUCCIÓN
Según el artículo 56 de la Ley Orgánica de Servicio Público LOSEP, se hace la elaboración y planificación al talento humano del GPI para 2012.
Esto representa acoger la renunciavoluntaria con indemnización establecida en la disposición décima segunda de la LOSEP de todos quienes quieran salir voluntariamente de la institución.El artículo 2 señala que la compensación económica constituye el reconocimiento monetario al que tienen derecho las y los servidores públicos, para ser percibido por una sola vez, al ser aceptada su renuncia voluntaria legalmente presentada.Lacancelación de los rubros por concepto de la renuncia se la calcula a partir del inicio del quinto año de servicios dentro de la misma institución. |
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2. MÉTODOLOGÍA
A fin de que la o el servidor público y la o el obrero, en un plazo máximo de quince días, manifieste por escrito su voluntad de ser considerado dentro del plan, debiendo señalar sus nombres y apellidos completos y número decédula de identidad o ciudadanía;
Las solicitudes;
Se receptarán dentro del plazo fijado, en la UATH institucional del GPI los interesados presentaran voluntariamente la solicitud por escrito incluyendo firma / rubrica para participar del plan, que contendrá: nombres y apellidos completos de la o el servidor, número de cédula de identidad o ciudadanía, función o rol que desempeña, remuneraciónactual, edad, sexo y, nivel de instrucción;
La UATH institucional; informará al personal en general y quienes deseen acogerse voluntariamente al plan de renuncia voluntaria institucional anual durante el año fiscal, y los valores que a cada uno de las y los interesados les corresponda, a fin de que, si todavía están interesados, presenten formalmente sus renuncias dentro de las fechas establecidasen el cronograma, precisando que aquellas renuncias que no pudieran ser aceptadas por falta de disponibilidad presupuestaria, tendrán prioridad para el siguiente año fiscal, siempre que la o el servidor público ratifique oportunamente su interés, al inicio del siguiente proceso.
3. MARCO CONCEPTUAL
La UATH institucional una vez presentadas las renuncias, elaborará un informe que remitirá ala autoridad nominadora, el cual contendrá el listado con los nombres, apellidos y número de cédula de identidad o ciudadanía de las y los servidores públicos que fueron acogidos en el plan y presentaron sus renuncias voluntarias; y, el monto a recibir por cada uno de las y los servidores.
Las renuncias aceptadas por la autoridad nominadora serán comunicadas a la UATH institucional, para que lamisma ejecute el cronograma de desembolsos, mismos que se realizarán en el término de quince días posteriores a la cesación de funciones.
Para que las y los servidores públicos que presenten formalmente su renuncia voluntaria, de conformidad con el artículo 47 literal a) de la LOSEP; a partir del quinto año de servicios en una misma institución del Estado, perciban la compensación económicaestablecida en los artículos 3 y 10 de la LOSEP, deberán cumplir los siguientes requisitos:
Estar incluidos dentro del plan institucional de renuncia voluntaria para acogerse a la compensación económica, que cuente, con el dictamen presupuestario del Ministerio de Finanzas y la aprobación del Comité de Gestión Interinstitucional, para el caso de las entidades de la Función Ejecutiva.
Presentarformalmente su renuncia con quince días de anticipación a la fecha de su salida, salvo que la autoridad nominadora la acepte antes de este plazo, conforme el artículo 102 del Reglamento General de la LOSEP;
Contar con la aceptación de la autoridad nominadora;
No tener pendiente desembolsos diferidos por efecto de formación y capacitación;
No tener valores pendientes de pago por anticipo de...
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