Plan zonal del norte
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C. En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 38, numeral 4, del Decreto Ley 1421 de1993, y por los artículos 334 y 426 del Decreto Distrital 190 de 2004 (Compilación del POT) y,
CONSIDERANDO: Que la presente reglamentación de la Unidad de Planeamiento Zonal (UPZ) No. 17 SAN JOSE DE BAVARIA, se elaboró de conformidad con las disposiciones contenidas en los artículos 49, 50 y el 334 del Decreto 190 de 2004 (Compilación del POT). En este marco, la Unidad de Planeamiento Zonal(UPZ), con el fin de articular la norma urbanística con el planeamiento zonal, adoptó una estructura básica compuesta por: el suelo de protección, el sistema de movilidad y la organización funcional, así como directrices urbanísticas y de gestión contenidas en este Decreto y en los planos a escala 1:5000 que forman parte del mismo, todo ello, con el fin que en el tiempo de vigencia del POT, se puedanadelantar intervenciones de escala zonal, que permitan elevar las condiciones de calidad de vida de sus habitantes. Que la Unidad de Planeamiento Zonal (UPZ) No. 17, denominada SAN JOSÉ DE BAVARIA, que hace parte de las áreas residenciales del norte de la ciudad, se configura como una zona de carácter residencial en proceso de consolidación. Conjuntamente con la UPZ Britalia, conforma el bordenor – occidental de la ciudad, el cual limita con suelo rural. Por otra parte, esta UPZ se encuentra en el área de influencia del núcleo de servicios regionales conformado por: la centralidad de Toberín, el nodo de transporte intermodal de nivel intermunicipal (portal norte de Transmilenio), establecimientos comerciales de grandes superficies y la intersección entre la Av. Paseo de Los Libertadoresy la Av. San José. Esta UPZ debe integrarse como área residencial al nodo de servicios regionales que se establece en su entorno, a través de: la consolidación de las zonas de vivienda, el manejo de los usos de comercio y servicios, dentro de una estructura funcional coherente con el sistema de movilidad, el aprovechamiento del potencial de las áreas por desarrollar y el manejo e integración delos usos dotacionales existentes. Que de conformidad con el artículo 375 del Decreto 190 de 2004 (Compilación POT), a consecuencia de la ejecución del proyecto del Sistema de Transporte Masivo
Continuación del DECRETO No._______ Por el cual se reglamenta la Unidad de Planeamiento Zonal (UPZ) No. 17, SAN JOSÉ DE BAVARIA, ubicada en la localidad de SUBA, y se incorporan dos sectores normativosal tratamiento de Renovación Urbana.
Transmilenio sobre el eje de la Avenida Paseo los Libertadores, los sectores No. 2 y 13, deben incorporarse al tratamiento de Renovación Urbana, teniendo en cuenta que en la zona se genera un impacto que debe propiciar su adecuación a las funciones del nodo de servicios regional – urbano, con actividades de comercio y servicios. Que según el oficioNo.7230-2002-537de fecha 9 de mayo de 2002 de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB), los proyectos No. 5667 y 5669 denominados “Interceptor Boyacá Oriental” e “Interceptor Boyacá Occidental”, que conforman la red para solucionar el problema de ausencia de alcantarillado sanitario del área correspondiente a la parcelación San José de Bavaria (sector No. 3 de esta UPZ), no han sidoincorporados dentro del plan de inversión de la EAAB. Por esta razón, la norma urbanística para este sector de la UPZ N°17, San José de Bavaria deberá mantener las restricciones de densidad e intensidad de los usos que se permitan, sujetos a la capacidad de los sistemas de tratamientos y disposición de aguas residuales. En tanto estas condiciones en materia de infraestructura se mantengan no podrán...
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