Planilla Plame
Informativo Caballero Bustamante
ECB LABORAL
PLAME: entrada en vigencia y aplicación progresiva
Mediante laRes. N° 212-2011/SUNAT (27.08.2011) se estableció la implementación gradual del PDT Planilla Electrónica - PLAME en sustitución del PDT 601. El PDT Planilla Electrónica – PLAME, que fue hecho públicopor la SUNAT el 30 de noviembre en su portal web, podrá ser utilizado a partir del 01.12.2011 para presentar la PLAME, en forma progresiva según casos particulares: – Si en el período por el cual sepresenta la declaración, el empleador únicamente cuenta con prestadores de servicios de rentas de cuarta categoría, deberá utilizar obligatoriamente el PDT Planilla Electrónica – PLAME, a partir delperíodo noviembre de 2011. – En caso de empleadores que cuentan con prestadores: Trabajadores, pensionistas, personal en formación y personal de terceros, la implementación gradual tendrá una etapaopcional y una obligatoria:
Fase I II Universo por número de prestadores De 1 a 100 Más de 100 Períodos de la etapa opcional De 11/2011 a 03/2012 De 11/2011 a 06/2012 Períodos de la etapa obligatoriaA partir de 04/2012 A partir de 07/2012
– Entre los períodos agosto y octubre de 2011, los empleadores utilizarán únicamente el PDT 601 Versión 1,9 para presentar la PLAME y realizar ladeterminación de conceptos tributarios y no tributarios que se declaran a través de este medio. – Si la declaración original se presentó utilizando el PDT Planilla Electrónica - PLAME, la declaraciónsustitutoria o rectificatoria debe efectuarse a través de este medio. Cuadro resumen El instructivo elaborado por la SUNAT y publicado en su página web (www.sunta.gob.pe) grafica el uso progresivo de laPLAME:
Universo Empleadores que en el período a declarar cuentan únicamente con prestadores de servicios 4ta. categoría. Empleadores que en el período a declarar cuenten con hasta 100 trabajadores,...
Regístrate para leer el documento completo.