Plazos De Mercancias En Immex
4.3.23. Para los efectos del artículo 112, primer párrafo de la Ley, las empresas con Programa IMMEX que transfieran las mercancías importadas temporalmente a otras empresas con Programa IMMEX, a empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte, o a personas que cuenten con la autorización paradestinar mercancías al recinto fiscalizado estratégico, estarán a lo siguiente:
I. Llevar a cabo el siguiente procedimiento:
a) Transmitir al SAAI y pagar mediante el servicio de PECA el pedimento de importación temporal, de introducción a depósito fiscal o a recinto fiscalizado estratégico el día en que se efectúe la transferencia de las mercancías, a nombre de la empresa que las recibe; y elpedimento que ampare el retorno, deberá transmitirse al SAAI y pagarse mediante el servicio de PECA a más tardar al día siguiente a aquél en que las mercancías se hubieren transferido, a nombre de la empresa que las transfiera, utilizando la clave que corresponda conforme a lo señalado en el Apéndice 2 del Anexo 22.
Las empresas podrán tramitar pedimentos consolidados semanales o mensuales queamparen las mercancías transferidas a una sola empresa y recibidas de un solo proveedor.
Al efectuar la primera transferencia de mercancías en la semana o en el mes calendario de que se trate, según la opción ejercida, el agente o apoderado aduanal deberá transmitir al SAAI, la información correspondiente a los pedimentos que amparen el retorno; o la importación temporal, introducción a depósito fiscalo a recinto fiscalizado estratégico, indicando el número de la patente o autorización de agentes o apoderados aduanales, número y clave de pedimento, RFC del importador y exportador, respectivamente, número de programa o autorización, clave que identifica el tipo de operación y destino u origen de las mercancías.
En este caso, la empresa que transfiere deberá anotar en las facturas o notas deremisión que para efectos fiscales expida, el número de Programa IMMEX o el número de autorización, según se trate, así como el que corresponda a la empresa que recibe las mercancías.
Los pedimentos que amparen el retorno virtual y la importación temporal, introducción a depósito fiscal o a recinto fiscalizado estratégico, se deberán pagar cada semana o dentro de los primeros 10 días de cada mes,según la opción ejercida, incluyendo todas las operaciones realizadas durante la semana o el mes inmediato anterior.
En los pedimentos se deberá indicar en el bloque de identificadores, la clave que corresponda conforme al Apéndice 8 del Anexo 22, anotando el número de Programa IMMEX o el número de autorización, según corresponda. Tratándose de enajenaciones de proveedores nacionales se anotará elRFC del proveedor.
Al tramitar el pedimento que ampare el retorno, el agente o apoderado aduanal deberá transmitir los campos del "bloque de descargos" conforme al Anexo 22, referentes al número, fecha y clave del pedimento pagado que ampare la importación temporal, de introducción a depósito fiscal o a recinto fiscalizado estratégico, de las mercancías transferidas.
Una vez que los pedimentoshayan sido validados por el SAAI y pagados, se entenderá activado el mecanismo de selección automatizado.
Cuando los pedimentos que amparan la transferencia de mercancías no se transmitan y paguen en el plazo señalado en el presente inciso, podrán transmitirse y pagarse extemporáneamente, siempre que:
1. No haya concluido el plazo a que se refiere el artículo 108 de la Ley.
2. La autoridadaduanera no haya dejado el citatorio para entregar la orden de visita domiciliaria, el requerimiento o cualquier otra gestión, tendiente a la comprobación del cumplimiento de las disposiciones fiscales, respecto de las mercancías objeto de transferencia.
3. Se efectúe el pago de la multa señalada en el artículo 185, fracción I de la Ley.
En caso de que la autoridad aduanera haya iniciado los actos...
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