PLENOS CASOTORIOS

Páginas: 14 (3451 palabras) Publicado: 25 de abril de 2014
Corte Suprema de Justicia de la República
Pleno Casatorio Civil

PRIMERASENTENCIA DEL PLENO CASATORIO

Casación N° 1465-2007-Cajamarca.

Demandantes: Giovanna Angélica Quiroz Villaty, por derecho propio y en representación de sus menores hijos; Walker Steve Cuenca Quiroz; Euler Jonathan Mendoza Quiroz y José Ronny Mendoza Quiroz
Demandados: Empresa Minera Yanacocha S.R.L., RansaComercial S. A. y Arturo Blanco Bar.
Materia: Indemnización por daños y perjuicios derivados de responsabilidad extracontractual
Vía procedimental: Proceso de Conocimiento

En la ciudad de Lima, Perú, a los veintidós días del mes de enero de dos mil ocho, los señores vocales supremos, reunidos en sesión de Pleno Casatorio, por mayoría en un extremo y por unanimidad en otro, han expidieron lasiguiente sentencia, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 400° del Código Procesal Civil.

I. INTRODUCCIÓN:

El petitorio de indemnización por responsabilidad extracontractual comprende el “…daño material, daño bioambiental y daño a la salud personal), daño moral…” Como pretensión principal se solicita el pago de una suma de dinero ascendente a US $ 1´800,000.00 (un millón ochocientosmil y 00/100 dólares americanos) por daño material (daño bioambiental y daño a la salud personal) y daño moral.

II. CONCLUSIONES:
1.- No hay contravención a las normas que garantizan el debido proceso conforme ha alegado la recurrente, consiguientemente, la resolución impugnada se ajusta a Derecho, dado que al ampararse las excepciones de conclusión del proceso por transacción, propuestas porlos demandados, no se ha hecho otra cosa que reconocer los plenos efectos de actos jurídicos que pusieron fin a las discrepancias que se suscitaron entre las partes como consecuencia de los daños causados por el derrame de mercurio, las que se finiquitaron celebrando transacciones extrajudiciales.
2.- No ha existido inaplicación de los artículos 5° y 1305° del Código Civil, puesto que bajoesta última argumentación, a juicio de este Pleno Casatorio, sería imposible que se indemnice un daño causado, pues para que pueda reparase cualquier perjuicio es menester que se patrimonialice el mismo, conforme se ha demostrado en los considerandos correspondientes. Asimismo, no pueden alegarse supuestas nulidades o ineficacias de actos jurídicos sin haberse solicitado su declaración expresa,previa o concurrentemente a la pretensión indemnizatoria, así como tampoco se formularon cuestiones probatorias en ningún estado del presente proceso contra las citadas transacciones, lo que abona a favor de su legalidad.
3.- Respecto a la legitimación para obrar activa por daño ambiental, esto es en la protección de intereses difusos, no ha existido mayor discrepancia entre la dos salas supremasciviles, habida cuenta que ambas han venido resolviendo concordadamente en el sentido que las personas naturales no están legitimadas por ley para solicitar pretensiones indemnizatorias sino tan solo aquellas instituciones señaladas en el artículo 82° del Código Procesal Civil.
4.- Se adopta decisión por unanimidad respecto a la legitimación activa para promover procesos judiciales de acuerdo alo normado por el artículo 82° del Código Procesal Civil, en tanto que por mayoría ha decidido que resulta procedente deducir la transacción extrajudicial como excepción procesal, siendo de aplicación, por interpretación sistemática, los artículos 446°, inciso 10°, y 453°, inciso 4, del mismo cuerpo legal.
III. FALLO:
Por tales razones, el Pleno Casatorio de la Corte Suprema de Justicia de laRepública, de conformidad con lo normado por el artículo 400° del Código Procesal Civil, por mayoría:
A. Declara INFUNDADO el recurso de Casación interpuesto por doña Giovanna Angélica Quiroz Villaty, por derecho propio y en representación de sus hijos Euler Jonathan y José Ronny Mendoza Quiroz y Walker Steve Cuenca Quiroz, en consecuencia NO CASARON la resolución de vista, su fecha 27 de...
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