Poder De Policia
la que más se prestaba a abusos por los equívocos a que dió lugar, confundiendo
una frase ambiguacon el sustento normativo para limitar derechos individuales.
En la actualidad, las obras generales ya no traen un cap. sobre el tema,1 como lo
puntualiza Bandeira de Mello;2 o se sustituye el términoen obras puntuales3 o
generales.4 A veces lo mantienen, coincidiendo en la crítica, aclarando que no se
trata de una construcción jurídica.5 Otros autores mencionan la posibilidad de
eliminarla,pero dudan si llegó el momento.6 La jurisprudencia de los tribunales
administrativos internacionales, de creciente importancia en el mundo contemporáneo
del derecho administrativo, tampoco lautiliza. Hasta la legislaciónVer, entre otros, García de Enterría, Eduardo y Fernández, Tomás Ramón, Curso de derecho
administrativo, t. I, 12ª ed., t. II, 9ª ed., Thomson/Civitas-La Ley, Buenos Aires,2006, en ambos
casos es 1ª ed. argentina, con notas de Agustín Gordillo; Martín Mateo, Ramón, Manual de derecho
administrativo, Madrid, Trivium, 1999, 20ª ed.
2 Bandeira de Mello, Celso Antônio, Cursode direito administrativo, San Pablo, Malheiros,
2004, 17ª ed., cap. XIII, sección I, § 6, p. 717, quien expresa: “La crítica [...] fue [...] bien hecha por
Agustín Gordillo [...] a quien hoy damosrazón y según quien sería mejor que fuese eliminada del
vocabulario jurídico. Actualmente, en la mayoría de los países europeos [...] el tema es tratado [...]
no más bajo el rótulo de «poder depolicía».”
3 Sundfeld, Carlos Ari, Direito administrativo ordenador, San Pablo, Malheiros, 1993; “Administração
ordenadora,” en Bandeira de Mello (coord.), Direito administrativo na Constituição de1998, San Pablo, Revista dos Tribunais, 1991, p. 59 y ss.
4 Valle Figueiredo, Lucía, Curso de derecho administrativo, San Pablo, Malheiros, 2000, 4ª ed.,
cap. XI, § 4, pp. 283-6.
5 Bandeira de...
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