Poder Popular
Nosotros, OLGA MOLINA DE FERNÁNDEZ, C.I. NRO. V-4.698.893; ANTONIO VALERO FERNÁNDEZ, C.I. NRO. V-8.771.077; AMERICO ANTONIO FERNÁNDEZ GUDIÑO, C.I. NRO. V-2.687.962; GREGORIA ANTONIA KETTL MARTÍNEZ, C.I. NRO. V-4.926.153; MARIO JOSÉ ALBORNOZ RIVAS, C.I. NRO. V-8.018.459; LUIS ANTONIO FERNÁNDEZ MOLINA, C.I.NRO. V-14.171.139; FRANCI ZANIRA MONTERO GUEVARA, C.I. NRO. V-13.531.488; JUAN CARLOS MOGOLLON FERNÁNDEZ, C.I. NRO. E-82.184.660; GUISELA DEL MILAGRO PAZ, C.I. NRO. V-13.474.426; JONATAN LEONEL CASTRO ROJAS, C.I. NRO. V-19.144.786; JAIDY MAYIRA ZAMBRANO, C.I. NRO. V-14.106.631; JORGE EDUARDO ZAMBRANO GONZÁLEZ, C.I. NRO. V-12.351.529; JOSÉ ANTONIO PARRA, C.I. NRO. V-20.851.272; YORKI MILITZA LOBOZAMBRANO, C.I. NRO. V-15.296.177; JUAN VICENTE MOGOLLON CASTRO, C.I. NRO. E-81.982.679; ALFONSO ZERPA MARQUEZ, C.I. NRO. V- 8.043.204; GERARDO ENRIQUE AVENDAÑO TORRES, C.I. NRO. V-10.105.141. actuando en nuestro carácter de voceros y voceras del Colectivo de Coordinación Comunitaria del Consejo Comunal “Comuna San Rafael” de la comunidad Loma San Rafael, Calle Las Turbinas, Sector El Cafetal,Calle San Rafael Vía Principal Adyacente de la Parroquia Lasso de la Vega del Municipio Libertador del Estado Mérida, en el ejercicio del derecho a la participación previsto en los Artículos 62 y 70 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con los Artículos 1 y 2 de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales, que reconoce el derecho a organizar, conformar yconstituir Consejos Comunales como instancias de participación para el ejercicio directo de la soberanía popular y la gestión directa de las políticas públicas orientados a la construcción del nuevo modelo de sociedad socialista de igualdad, equidad y justicia social, mediante el presente instrumento declaramos que: Hemos convenido ADECUAR LOS ESTATUTOS SOCIALES DEL CONSEJO COMUNAL según lo previsto enla Disposición Transitoria Segunda de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales, a los fines de cumplir con los requisitos para el registro ante la Taquilla Única de Registro del Poder Popular, como en efecto lo hacemos mediante el proceso de Adecuación del Consejo Comunal a lo establecido en la mencionada ley, el cual en lo adelante se regirá por las cláusulas que se detallan a continuación lascuales fueron redactadas con suficiente amplitud para que sirvan a su vez como Acta Constitutiva y Estatutos Sociales y bajo las normas que rigen la materia.
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CLÁUSULA PRIMERA: Los presentes Estatutos tienen como fundamento dejar constancia que el Consejo Comunal adecuó sus Estatutos conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de los Consejos Comunales,publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.335 de fecha 28 de Diciembre de 2009, inspirados en los principios y valores de participación, corresponsabilidad, solidaridad, identidad nacional, libre debate de ideas, celeridad, coordinación, cooperación, solidaridad, transparencia, rendición de cuentas, honestidad, bien común, humanismo, territorialidad, colectivismo,eficacia, eficiencia, ética, responsabilidad social, control social, libertad, equidad, justicia, trabajo voluntario, igualdad social y de género, con el fin de establecer la base sociopolítica del socialismo que consolide un nuevo modelo político, social, cultural y económico.
CLÁUSULA SEGUNDA: El Consejo Comunal adecuado mediante el presente documento, tiene por objeto en el marco constitucionalde la democracia participativa y protagónica, servir de instancias de participación, articulación e integración entre los ciudadanos, ciudadanas y las diversas organizaciones comunitarias, movimientos sociales y populares, que permiten al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestión directa de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades,...
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