poder
JUZGADO DOCE ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE CARTAGENA
Ciudad
RADICACION
012-2009-00756-00
PROCESO
EJECUTIVO
DEMANDANTE
DEMANDADO
ASUNTO
RECURSO DE REPOSICIONxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, en mi calidad de apoderado de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx poder otorgado por xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxRepresentante legal, me dirijo a este Despacho, estando dentro del término legal parahacerlo, con el fin de interponer recurso de reposición contra el auto de fecha 9 de Febrero de 2011, por medio del cual se libro mandamiento de pago contra la universidad de Cartagena, de acuerdo conlo siguiente:
Si bien es cierto que el CCA no establece un procedimiento especial para los procesos ejecutivos y el mismo ordena remitirnos al CPC para efectos de su trámite, en cuanto a lanotificación de las entidades públicas no podría aplicarse dicha remisión puesto que de acuerdo con el art. 29 del decreto 2304 de 1989, el cual modificó el art. 150 del CCA “las entidades públicas y privadasque ejercen funciones públicas son parte en todos los procesos contenciosos administrativos que se adelanten contra ellas o contra los actos que expidan. Por consiguiente, el auto Admisorio de lademanda se debe notificar personalmente a sus representantes legales o a quien deba hacerse la notificación”… y el art. 23 de la ley 446 de 1998 establecen que la notificación de las entidades públicasdebe hacerse personalmente a su representante legal o a quienes estos hayan delegado la función de recibir notificaciones, esta es una norma de aplicación especial para las entidades públicas. Encuanto el artículo 315 del CPC “la parte interesada solicitara al secretario que se efectué la notificación y este sin necesidad de auto que lo ordene, remitirá en un plazo máximo de (5) días unacomunicación a quien debe ser notificado”… este establece una forma de notificación para los particulares que no prescribe las formalidades propias de la notificación a entidades públicas pues fue concebida...
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