Poderes de Procuradores Judiciales y Comunes
Como señala el Artículo 38 del Código de Procedimiento Civil, y define a los procuradores judiciales como mandatarios que tienen el poder paracomparecer en juicio por otro, además el actor tanto como el demandado podrán comparecer en juicio por medio de un procurador y son hábiles para nombrar procuradores los que pueden comparecer en juicio porsi mismos. En otras palabras el procurador judicial será e representante del ente jurídico o de la persona en un proceso y podrá responder o comparecer ante el mandatario.
Los poderes del procuradorjudicial necesitarán una cláusula especial, según como señala el Art. 44 del Código de Procedimiento Civil, para transigir, comprometer el pleito en árbitros, desistir del pleito, absolver posicionesy deferir al juramento decisorio, y recibir la cosa sobre la cual verse el litigio o tomar posesión de ella.
REALIZACIÓN DE UN PODER ESPECIAL
“SEÑOR NOTARIO
Sírvase incorporar en el Registro deEscrituras Públicas a su cargo una de la cual conste el presente poder especial contenido en las siguientes cláusulas
PRIMERA.-COMPARECIENTE.- Comparece a la celebración del siguiente instrumento elSeñor JUAN PEREZ, portador de la Cédula de Ciudadanía Número 1111111111, de nacionalidad ecuatoriana, mayor de edad, de estado civil casado, domiciliado en la ciudad de Quito, legalmente capaz por suspropios derechos y por medio del presente instrumento, confiere poder especial, amplio y suficiente, cual en derecho se requiere a favor del señor Dr. JUAN BERNARDO GUARDERAS RIBADENEIRA, portador dela cédula de ciudadanía Número 1715300495, mayor de edad, de estado civil soltero, para que realice a su nombre y representación lo que lo que estipula a continuación.-
SEGUNDA.- a) Para que mimandatario me represente en todos los asuntos legales relacionados con el artículo cuarenta y cuatro del Código de Procedimiento Civil, donde podrá comparecer en mi representación. En tal virtud en...
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