Policia administrativa
El poder de policía del estado implica la potestad jurídica en virtud de la cual el Estado -con el fin de asegurar la libertad, la convivencia armónica, la seguridad,la moralidad, la salud y el bienestar general de la población- impone por medio de la ley limitaciones al ejercicio de los derechos individuales, a los que no puede alterar, en tanto este poderdescribe una facultad de esencia legislativa que implica la posibilidad de reglamentar y por ende limitar derechos (Dictámenes 208:138).
PODER DE POLICIA. Competencia provincial.
Cada estadoprovincial ejerce en plenitud su poder de policía con relación al ejercicio de profesiones universitarias y no universitarias dentro de su jurisdicción, pudiendo delegar dicha función en personas públicas noestatales. No es dudosa la facultad de las provincias de reglamentar el ejercicio de las profesiones liberales, derivada de su poder de policía (conf. Dict. 210:137 y Fallos 307:2116, 308:403).http://www.ptn.gov.ar/Dictamenes/s240-09…
Todas las intervenciones que implican la aplicaciónde la normativa y que no acaban en un procedimiento judicial penal soncompetencia de la policíaadministrativa. Todos los cuerpos y fuerzasde seguridad tienen la obligación de intervenir como denunciantes delas infracciones que conozcan (se tenga o no competencia).
La normativa administrativa essuficientementeextensa como para tener un dominio absoluto de toda. A veces será másimportante identificar que son infracciones y saber realizar labúsqueda de la normativa, que no inhibirse pordesconocimiento de losartículos concretos que regulan na materia.
La Policía Administrativa es una de las formas deactividad administrativa que consiste en la intervención o limitaciónde la actividad delos particulares por razones de interés general,para armonizar el interés público con el interés privado.
Otra definición con criterios más particularespodría ser: “la policia administrativa es la...
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