Politica
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Decreto Nº 5.907 , 04 de marzo de 2008
HUGO CHÁVEZ FRÍAS
Presidente de la República
En ejercicio de la atribución que le confiere los numerales 11 y 20 del artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 58, 61 y64 de la Ley Orgánica de la Administración Pública, 53 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, 2º, 33 y 34 del Decreto sobre Organización y Funcionamiento de la Administración Pública Nacional, en Consejo de Ministros,
DICTA
el siguiente,
REGLAMENTO ORGÁNICO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN
Capítulo I
Disposiciones Generales
Artículo 1
El presenteReglamento tiene por objeto determinar la organización administrativa del Ministerio del Poder Popular para la Educación y establecer la distribución de las atribuciones correspondientes a las dependencias que lo integran.
Artículo 2
El Ministerio del Poder Popular para la Educación estará conformado por el Despacho del Ministro o Ministra, el Despacho del Viceministro o Viceministra para laArticulación de la Educación Bolivariana, el Despacho del Viceministro o Viceministra de Desarrollo para la Integración de la Educación Bolivariana, el Despacho del Viceministro o Viceministra de Participación y Apoyo Académico, el Despacho del Viceministro o Viceministra de Programas de Desarrollo Académico y las demás dependencias que señale este Reglamento Orgánico y el Reglamento Interno.
CapítuloII
Del Despacho del Ministro
Artículo 3
El Despacho del Ministro o Ministra estará integrado por la Dirección del Despacho, la Consultoría Jurídica, la Oficina de Auditoría Interna, la Oficina de Coordinación de las Zonas Educativas, la Oficina Estratégica de Seguimiento y Evaluación de Políticas Públicas, la Oficina de Comunicación y Relaciones Institucionales, la Oficina de RelacionesInternacionales, la Oficina de Recursos Humanos, la Oficina de Planificación y Presupuesto y la Oficina de Administración y Servicios; así como por las demás dependencias que señale el presente Reglamento Orgánico y el Reglamento Interno.
Artículo 4
Corresponde a la Dirección del Despacho del Ministro o Ministra, las siguientes atribuciones:
1. Cumplir y hacer cumplir las instrucciones quele imparta el Ministro o Ministra y apoyar el cumplimiento de las mismas, facilitando el flujo de información entre los Despachos de los Viceministros o Viceministras, Direcciones Generales y Oficinas del Ministerio.
2. Coordinar el seguimiento de las actividades del Despacho y administrar la agenda del Ministro o Ministra.
3. Coordinar y hacer seguimiento de las cuentas del Ministro oMinistra al Presidente o Presidenta de la República y al Consejo de Ministros; así como las que han de ser consideradas en los Gabinetes Sectoriales de los cuales el Ministro o Ministra forme parte.
4. Coordinar y hacer seguimiento de las decisiones que tome el Ministro o Ministra en el Gabinete Ministerial.
5. Presentar al Ministro o Ministra los asuntos que deban ser sometidos a suconocimiento y decisión; salvo aquellos que por su especificidad hayan sido atribuidos a otro funcionario u otra funcionaria.
6. Dirigir y coordinar la prestación de los servicios secretariales y administrativos que el Despacho del Ministro o Ministra requiera.
7. Dirigir, coordinar y supervisar las actividades de seguridad, protección y resguardo de los bienes, instalaciones, funcionarios yfuncionarias adscritos a la sede del Ministerio.
8. Coordinar el sistema general de receptoría, registro, archivo y distribución de la correspondencia, puntos de cuenta e información dirigidos al Ministro o Ministra.
9. Participar en el control de la gestión educativa y en la planificación y formulación presupuestaria del Ministerio.
10. Las demás atribuciones que le establecen las leyes, los...
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