politicas
Participación
Comunitaria
Participación Comunitaria
Es un proceso de trabajo colectivo mediante el cual los
miembros de una comunidad deben intervenir activa y
responsablemente en las tareas de organización,
planeación y ejecución de sus proyectos de desarrollo.
Titulo I
Disposiciones Generales
Artículo 2. La Comunidad Educativa, es un escenario
abierto al espacio público local,municipal, departamental
y nacional, constituida por el conjunto de personas que
forman parte e interactúan en el ambiente educativo.
Artículo 3. La Comunidad Educativa participa en los
procesos educativos mediante las siguientes instancias:
Consejo Escolar de Desarrollo del Centro Educativo (CED);
Consejos Distritales de Desarrollo Educativo (CODDE);
Consejo Municipal de DesarrolloEducativo (COMDE); y
Comisión Nacional para la Calidad en la Educación Pública
(CONCEP).
Consejo Escolar de Desarrollo del Centro Educativo
(CED): Instancia de participación de los docentes,
educandos, padres de familia y la comunidad a nivel del
centro educativo, participa en la elaboración, coordinación y
ejecución del Plan Educativo de Centro (PEC);
Consejo Municipal de DesarrolloEducativo (COMDE):
Instancia de participación a nivel del municipio, que
coadyuva en la gestión educativa, participa en la
formulación y coordinación de los planes estratégicos que
apuntan al logro de metas y mejoramiento de indicadores
educativos;
Consejo Distrital de Desarrollo Educativo (CODDE): es
la instancia de participación que tiene los mismos propósitos
del Consejo Municipal de DesarrolloEducativo (COMDE) pero
funciona únicamente en aquellos municipios donde se
organicen distritos educativos; y
Comisión Nacional para la Calidad de la Educación
Pública (CONCEP): Instancia de participación, responsable
de asegurar la aplicabilidad de las normativas, verificar la
aplicación de los criterios de evaluación y establecer los
lineamientos generales de participación local y nacional,de
la medición de la calidad educativa en el país, así como la
asignación y 5otorgamiento de los incentivos contenidos en
la ley;
Capitulo I
Consejos Escolares de Desarrollo del
Centro Educativo
Artículo 5.- Los Consejos Escolares de Desarrollo de los
Centros Educativos tienen las atribuciones y funciones
señaladas en la Ley de Fortalecimiento a la Educación
Pública y la ParticipaciónComunitaria, aplicando la
normativa siguiente:
Los informes mensuales se presentarán, según corresponda
al Consejo Distrital de Desarrollo Educativo (CODDE), al
Consejo Municipal de Desarrollo Educativo (COMDE), y a las
autoridades educativas locales;
Participar en la ejecución de planes de mejora para elevar
el desempeño de indicadores en base a los estándares
establecidos;
Las demás quese establezcan en el Reglamento Interno
que deberá elaborar y aprobar el propio Consejo Escolar de
Desarrollo del Centro Educativo (CED)
Artículo 6. El Consejo Escolar de Desarrollo del
Centro Educativo, en el marco de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública,
solicitará a la autoridad del centro educativo
información cuando lo requiera el Consejo Distrital
de DesarrolloEducativo (CODDE) o el Consejo
Municipal de Desarrollo
Capitulo II
Consejos Distrital de Desarrollo Educativo
Artículo 7. El Consejo Distrital de Desarrollo Educativo (CODDE)
estará integrado de la manera siguiente:
Un miembro de la Corporación Municipal que corresponde al
Distrito Educativo;
El Director Distrital de Educación, quien lo presidirá;
Un representante por los Consejos deDirectores organizados en el
Distrito Educativo, electo por las Juntas Directivas de los Consejos;
Un representante por los Gobiernos Estudiantiles organizados en el
Distrito Educativo, electo por las Juntas Directivas de los Gobiernos
Estudiantiles;
Un representante por las Asociaciones de Padres de Familia del
Distrito Educativo electo por las Juntas Directivas de las
respectivas Asociaciones;
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