Pollos en gorde
En Colombia los medicamentos de control especial se clasifican en 6 grandes grupos:
1. Grupo I: Anestésicos generales y estupefacientes, este grupo se subdivide en:
1.1 Grupo IA: Analgésicos Narcóticos y/o estupefacientes: Los derivados del Opio y de la Morfina son productos monopolio del estado y los distribuye el Fondo Nacional de Estupefacientes a losFondos Rotatorios de cada Departamento, quienes los comercializan a los establecimientos farmacéuticos. Esta venta se hace en forma personalizada con la respectiva identificación del propietario y/o representante legal del establecimiento respectivo.
Los medicamentos pertenecientes a este grupo deberán ser formulados en recetario oficial, entendiéndose este, por el formato único establecido porel Ministerio de Salud para su prescripción en la dosis y cantidad correspondiente para el tratamiento del paciente por un lapso no superior a 10 días.
Grupo IB: Analgésicos Especiales y/o moderadamente narcóticos.
2. Grupo II: Anticonvulsivantes barbitúricos o medicamentos que contienen barbitúricos
Estos medicamentos actúan a nivel del sistema nervioso central, produciendo sedación ehipnosis, se incluyen en este grupo los derivados del ácido barbitúrico (fenobarbital). El fenobarbital pertenece también al monopolio del estado.
3. Grupo III: Estimulantes Generales, Anfetaminas, anorexiantes y como el clobenzorex, Femproporex, metilfenidato, etc.
4. Grupo IV: Sedantes, Hipnóticos, Ansiolíticos no barbitúricos, Tranquilizantes como Ejemplo: Alprazolam, diazepam, etc.5. Grupo V: Oxitocicos y antihemorrágicos uterinos como Oxitocina, Metilergobacina, etc.
6. Grupo VI: Neurolépticos, Antipsicóticos como la clozapina, etc.
Los medicamentos pertenecientes a los grupos IB, II, III, y IV deben ser formulados para 30 días, de estos se exceptúan el Fenobarbital, el cual se puede formular para 90 días.
En los medicamentos del grupo V oxitócicos y antihemorrágicosuterinos, la formulación queda bajo criterio médico.
RESOLUCION 1478 DE 2006
(Mayo 10)
Modificada por la Resolución del Min. Protección 2564 de 2008
Por la cual se expiden normas para el control, seguimiento y vigilancia de la importación, exportación, procesamiento, síntesis, fabricación, distribución, dispensación, compra, venta, destrucción y uso de sustancias sometidas a fiscalización,medicamentos o cualquier otro producto que las contengan y sobre aquellas que son monopolio del Estado.
EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por Ley 36 de 1939, Ley 9 de 1979, Ley 30 de 1986 y Decreto Reglamentario 3788 de 1986,
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el artículo 20 del Decreto 205 de 2003 el Fondo Nacional deEstupefacientes es la UAE-Unidad Administrativa Especial del Ministerio de la Protección Social que tiene como objeto la vigilancia y control sobre la importación, exportación, distribución y venta de materias primas de control especial o sustancias sometidas a fiscalización, medicamentos que las contengan y las de monopolio del Estado a que se refiere la Ley 30 de 1986 y demás disposiciones que expidael Ministerio de la Protección Social,
así como apoyar los programas para prevenir la fármaco de pendencia que adelante el Gobierno Nacional; Que al ser sustancias y medicamentos que crean dependencia; su uso inadecuado conlleva al manejo ilícito de los mismos, por lo que es necesario fortalecer los sistemas de vigilancia, seguimiento y control;
Que los productos que contienen sustanciassometidas a fiscalización requieren de seguimiento, vigilancia y control;
Que es competencia de la UAE, Fondo Nacional de Estupefacientes del Ministerio de la Protección Social dictar las normas que regirán a cada uno de los Fondos Rotatorios de Estupefacientes;
Que en aras de optimizar las actividades de fiscalización, seguimiento y control, se aplicarán las normas vigentes;
Que es...
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