Por una gestión transparente de las aéreas protegidas
Por Ing. Salvador Ramírez Peña, con la asistencia de
José Abel Ramírez Frontany.
Todo lo atinente a la gestión de las áreas protegidas debe ser transparente y de pleno conocimiento de los dominicanos. No se le puede negar información a cualquier ciudadano que requiera algún tipo de dato, de acuerdo con nuestra realidadlegal-social-catastral y económica. Así lo establece la constitución de la República, leyes vigentes y diversos acuerdos internacionales que el país ha suscrito.
En efecto, el acápite 1, del Artículo 49 de la Constitución de la República establece que “toda persona tiene derecho a la información. Este derecho comprende buscar, investigar, recibir y difundir información de todo tipo, de carácter público, porcualquier medio, canal o vía, conforme lo determinan la Constitución y la ley.
En la Convención Interamericana Sobre Derechos Humanos, ratificada por la República Dominicana mediante la Resolución 739, de fecha 23 de diciembre de 1971, se precisó que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundirinformaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente por escrito o en forma impresa o artística, o cualquier otro procedimiento de su elección.
El Artículo 148 de nuestro nuevo Pacto Fundamental proclamada el 26 de enero del 2010, atribuye Responsabilidad Civil a los servidores públicos, toda vez que señala: “Las personas jurídicas de derecho público y sus funcionarioso agentes serán responsables, conjunta y solidariamente, de conformidad con la ley, por los daños y perjuicios ocasionados a las personas físicas o jurídicas por una actuación u omisión administrativa antijurídica”.
La ley 108-05, de Registro Inmobiliario, consagra uno de los principios cardinales del derecho registral inmobiliario, la publicidad, el cual parte de la presunción de exactituddel registro, dotando de fe pública su constancia, y que consiste en que todo derecho real que se inscriba en un inmueble, sea público o privado, debe ser del conocimiento de todo el mundo para que adquiera el carácter “erga omnes”, que significa oponible a cualquiera que lo intente vulnerar. El estado jurídico de un inmueble se acredita frente a terceros, para que estos puedan incoar una acciónen justicia, si han sufrido algún tipo de perjuicio por la misma situación de derecho del inmueble.
En otras palabras, lo anterior significa que todo derecho registrado en cualquier propiedad de manera colectiva o individual, pública o privada, tiene que ser conocido por los particulares, independientemente de que carezcan del certificado de título.
El principio de publicidad de losinmuebles, se refiere a toda actuación que tiene por finalidad poner del conocimiento del público el registro de todos los derechos reales inmobiliarios, así como de todas las cargas y gravámenes susceptibles de registro. Para mayor precisión, la publicidad registral es la publicidad referida al inmueble, sus titulares y el estado jurídico del mismo.
El artículo 134 del Reglamento General delRegistro de Títulos, dice: “La información contenida en los Registros de Títulos es de acceso público, para que todo el que tenga interés en conocer el estado jurídico de un inmueble”.
Es importante dejar claramente establecido, que una cosa es recibir información sobre la individualización de un inmueble, y otra el acceso al documento físico que respalda el derecho registrado.
La Ley Sobre LibreAcceso a la Información Pública, No. 200-04, de fecha 25 de julio del 2004, en todas sus partes expresa que toda persona tiene derecho a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna de cualquier órgano del Estado. Este derecho comprende la libertad de buscar, solicitar, recibir, y difundir informaciones públicas, y de formular consultas a las entidades y personas que...
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