14. EL PROCEDIMIENTO LABORALExisten diversos procedimientos que presentan peculiaresfines y están situados en diferentes párrafos del capítulo doslibro quinto, denominado, ”De los principiosformativos delproceso y del procedimiento en juicio del trabajo”.El párrafo uno, trata de los principios formativos; el párrafodos analiza las normas comunes; el párrafo tres elprocedimiento de aplicacióngeneral; el párrafo cuatro elcumplimiento de la sentencia y de la ejecución de los títulosejecutivos laborales; el quinto de los recursos; el sexto delprocedimiento de tutela laboral; el séptimo delprocedimientomonitorio.Reglas comunes aplicables a todo procedimiento:1.- Normas supletoriasSe ha consagrado expresamente la supletoriedad de lasnormas contenidas en los libros primero y segundo delCódigode Procedimiento Civil, esto es, lo relativo a disposicionescomunes a todo procedimiento y al juicio ordinario (artículo432).La aplicación supletoria procede bajo las siguientescondiciones: a) Que lamateria en cuestión no está regulada por el Código del Trabajo ni tampoco por leyes especiales. b) Que las normas del Código de Procedimiento Civil a aplicar no sean contrarias a los principiosinforman el procedimiento laboral.
15. El artículo 432, indica que si las normas supletorias quepuede corresponder aplicar son contrarias a los principioses el tribunal el encargado de disponer la formaen que sepracticará la actuación respectiva (principio impulsoprocesal). Tratándose del procedimiento de tutela laboral ydel procedimiento monitorio se dispone la aplicaciónsupletoria de las normas delprocedimiento de aplicacióngeneral contenidas en el párrafo tercero, artículo 430 incisosegundo del Código de Trabajo.En materia de recursos el artículo 474, establece unanorma especial, dispone delos recursos se rigen por lasnormas del párrafo quinto y supletoriamente por lasnormas del libro primero del Código de Procedimiento Civil,es decir, por las disposiciones comunes a todoprocedimiento...
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