Porquerizas
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
Uriburu y Saturnino Torres – 5613 Malargüe – Mendoza – Argentina Tel.: 02627-471542 / FAX 02627-471743
ORDENANZA Nº 1.445/2.008
VISTO: El Expte. Nº 2.724-HC-158-2008. Bloque Justicialista. Frente para la Victoria. Proyecto de Ordenanza: Prohibición de radicación de corrales, caballerizas, porquerizas, conejeras, palomares, perreras yaves de corral dentro del radio urbano de la Ciudad de Malargüe. La necesidad de reglamentar la localización de corrales, caballerizas, porquerizas,
conejeras, palomares, perreras y aves de corral dentro del radio urbano de la Ciudad de Malargüe. y; CONSIDERANDO: Que debido a los inconvenientes que producen en la zona urbana de la Ciudad de Malargüe, la localización de corrales, caballerizas,porquerizas, palomares, perreras, gallineros, etc., se hace necesario establecer las normas que regulen dicha ubicación en forma segura y ordenada. Que la incorporación de normativas contribuye a eliminar las cantidades de corrales, caballerizas, porquerizas, palomares, perreras, gallineros, etc., ubicados en el ejido urbano y tienden a mejorar la adecuación social y ambiental en la Ciudad deMalargüe. Que el cumplimiento de las normativas, favorecen el progreso de toda la comunidad, ya que es un impacto positivo la eliminación de corrales, caballerizas, porquerizas, palomares, perreras, gallineros, etc.,dejando de ser un inconveniente desagradable para el crecimiento urbano de la zona. Que el crecimiento urbano y el desarrollo turístico del Departamento, exigen la toma de conciencia ennuestra Comunidad, respecto a la salubridad, higiene y presentación atractiva de nuestra Ciudad. Que es necesario mantener las condiciones ambientales, estéticas y de zonificación de la Ciudad de Malargüe, establecidas y consideradas en Ordenanza Nº 1.426/2007. “Macro Zonificación de la Ciudad y Oasis de Malargüe”, Ordenamiento Territorial, ofreciendo un aspecto de orden y limpieza para todos loshabitantes de Malargüe y los turistas que nos eligen. Que la implementación del modelo de “Gestión Asociada”, bajo Ordenanza Nº 1.370/2006, como resultado de la Planificación Estratégica de Malargüe, el saber hacer local es la forma particular de resolver dificultades del Departamento, basada en la articulación de esfuerzos, recursos y capacidades entre el sector público y los vecinos. EL HONORABLECONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
ORDENA
ARTICULO 1º: Prohíbese la radicación de corrales, caballerizas, porquerizas, conejeras, palomares, perreras y aves de corral dentro del radio urbano comprendido: LIMITE NORTE, OESTE y ESTE: Calle El Planchón hasta calle Santa Cruz y todo su recorrido y calle Ejército de Los Andes en todos susrespectivos recorridos. LIMITE SUR-OESTE: Inclúyase en esta
Municipalidad de Malargüe
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
Uriburu y Saturnino Torres – 5613 Malargüe – Mendoza – Argentina Tel.: 02627-471542 / FAX 02627-471743
zonificación la totalidad de los Barrios: Los Intendente, Municipal, Nueva Esperanza, Martín Güemes y Gustavo Bastías. LIMITE SUR-ESTE: Calle Jorge Newbery, inclúyase en estazonificación la totalidad del Barrio YPF, área de influencia de REPSOL YPF y la Zona Industrial ubicada al Este de la misma. ARTICULO 2º: Exceptúase del alcance del artículo 1º los comercios destinados a la venta de mascotas y los destinados al consumo específicamente familiar específicamente gallinas, pollos. Para ambos casos el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Dirección deDesarrollo y Promoción Agrícola Ganadera, deberá reglamentar su instalación y funcionamiento en un plazo no mayor a SESENTA (60) días corridos de la aprobación de la presente Ordenanza. ARTICULO 3º: Los corrales, caballerizas, porquerizas, conejeras, palomares, perreras y aves de corral existentes en la zona enmarcada en el artículo 1º de la presente pieza legal,
contarán con un plazo de SESENTA...
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