posesion efectiva
La resolución que decrete losalimentos provisorios, es susceptible del recurso de reposición con apelación subsidiaria, que se concederá en el solo efecto devolutivo y gozará de preferencia para su vista FUENTE LA LEY ( 321 CC,LEY14908.LEY DE QUIEBRASA QUIEN SE DEBE ALIMENTOS321
1=. Al cónyuge;2ºA los descendientes;3º A los ascendientes;4 º A los hermanos; y 5º Al que hizo una donación cuantiosa, si no hubiere sido rescindida orevocada. La acción del donante se dirigirá contra el donatario. No se deben alimentos a las personas aquí designadas, en los casos en que una ley expresa se los niegue".Orden de precedencia parademandar alimentos326. El que para pedir alimentos reúna variostítulos de los enumerados en el artículo 321, sólopodrá hacer uso de uno de ellos1.Es intransferible e intransmisible (art. 334);2.Esirrenunciable (art. 334);3.Es imprescriptible. Se podrá demandar alimentos en cualquier tiempo siempre que en ese momento se cumplan las exigencias legales;4.Es inembargable (art. 1618 Nº 9 del Código Civil...
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