Practica2 Procesal
El Juzgado Togado Militar Territorial nº 12, con sede en Madrid, instruyendo causa penal contra el marinero D. Julio, por supuesto delito de intento de agresión con un hacha, contra el tambiénmarinero D. Modesto, cuando ambos se encontraban embarcados en el buque de la Armada española “Cantabria”, atracado en el puerto australiano de Jervis Bay, haciendo suyo el dictamen del Fiscal TogadoMilitar, que entendía que, conforme al art 12.1 y 4 de la LO 4/87, de 15 de julio, de Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar, la competencia correspondía a la jurisdicción ordinaria y no ala militar, en tanto los hechos no constituyen delito militar puesto que no hay relación de subordinación o jerarquía entre agresor y agredido y el primero había sido repatriado encontrándose enterritorio nacional prestando servicio, considerando que los hechos podrían ser constitutivos de un delito de terrorismo o atentado contra autoridad o funcionario público, con fecha 11-6-2013 dictó autoacordando su inhibición a favor del Decano de los Juzgados Centrales de Instrucción de la Audiencia Nacional.
El Juzgado Central de Instrucción nº 4, en fecha 13-8-2013, dictó auto acordando no aceptarla inhibición, al no ser competente para el conocimiento de los hechos enjuiciados.
1. Plantéese si los hechos expuestos dan cuenta de la existencia de un conflicto o no.
Si, se da un conflicto dejurisdicción 2 órdenes distintos se atribuyen la competencia para conocer de los hechos acaecidos.
esta seria lalegislaciónordinaria; fuera de ésta encontraríamosla especial o militar art. 117.5CE:
5.El principio de unidad jurisdiccional es la base de la organización y funcionamiento de los Tribunales. La ley regulará el ejercicio de la jurisdicción militar en el ámbito estrictamente castrense y enlos supuestos de estado de sitio, de acuerdo con los principios de la Constitución.
2. En su caso, determine qué tipo de conflicto podría haberse planteado.
Es un conflicto jurisdiccional,...
Regístrate para leer el documento completo.