Precedente Adminsitrativo

Páginas: 60 (14840 palabras) Publicado: 14 de enero de 2013
§ 9. LOS PRINCIPIOS DEL DERECHO ADMINISTRATIVO (José María Rodríguez de Santiago) Y LA TÉCNICA DEL PRECEDENTE (Silvia Díez Sastre)


1. Los principios del Derecho Administrativo

Introducción: los principios generales en el sistema constitucional de fuentes, en el Derecho comunitario europeo y en el art. 1 CC

La remisión de la CE a la ley para la “determinación de las fuentes delDerecho”. La Constitución Española de 1978 regula una parte importante de las fuentes del Derecho, en especial, de las normas escritas: la ley orgánica (art. 81 CE), el decreto legislativo (arts. 82 y ss. CE), el decreto ley (art. 86 CE), el procedimiento de elaboración de las leyes del Estado (arts. 87 y ss. CE), los tratados internacionales (arts. 93 y ss. CE), etc. Ésta es una de las funciones de laConstitución que le valen el calificativo de norma normarum: norma reguladora de otras formas normativas. Pero la Constitución renuncia a adoptar todas las decisiones relativas al sistema de fuentes del Derecho. En concreto, la importante función de determinar cuáles son las fuentes del Derecho (y el orden de prelación entre ellas) la atribuye la Constitución a la ley estatal –o autonómica, allí dondeexistan Derechos forales o especiales- (art. 149.1.18 CE).

Los arts. 1.1 y 1.4 CC. El constituyente español de 1978 aceptaba así (por lo que se refiere a la decisión sobre esta materia en una ley estatal) la tradición anterior de que esta regulación se contuviera en el Código Civil. Desde 1974 el art. 1.1 CC dispone que “las fuentes del ordenamiento jurídico español son la ley, la costumbre ylos principios generales del Derecho”; y, según el art. 1.4 CC, “los principios generales del Derecho se aplicarán en defecto de ley o costumbre, sin perjuicio de su carácter informador del ordenamiento jurídico”.

Principios no escritos como fuente subsidiaria del Derecho. En la primera parte de ese art. 1.4 CC los principios generales son fuente del Derecho subsidiaria de segundo grado: normano escrita que se aplica si para resolver el caso sobre el que existe conflicto no hay ni ley (norma escrita) ni costumbre (fuente subsidiaria de primer grado) aplicables. En este precepto, por tanto, la distinción clave es la que separa la norma escrita de la no escrita; y se parte de la base de que los principios que se aplican con el carácter de fuente subsidiaria de segundo grado son los noescritos. A la función de los principios generales no escritos de ser fuente del Derecho en defecto de ley o costumbre se dedicará el siguiente apartado.

Los principios positivizados ocupan el lugar de la norma en que estén contenidos. Es evidente, sin embargo, que existen principios jurídicos positivizados (recogidos en normas escritas), tanto en la ley (por ejemplo, art. 3.1 LAP, segundopárrafo: principios de buena fe y de confianza legítima, como normas vinculantes para la Administración), como en la Constitución (por ejemplo, los principios del art. 9.3 CE: seguridad jurídica, interdicción de la arbitrariedad, etc.). Esos principios contenidos en la ley o en la Constitución ya no son normas subsidiarias, son “ley” en el sentido del art. 1.1 CC: normas de aplicación directa primaria,que ocupan en las fuentes del Derecho, precisamente, el lugar que corresponde a la ley o a la Constitución en las que están expresados. Con respecto a los “principios constitucionales”, que forman parte de la Constitución como “norma suprema del ordenamiento jurídico”, dispone el art. 5.1 LOPJ que los órganos judiciales han de interpretar y aplicar las leyes y reglamentos conforme a dichosprincipios.

El “carácter informador” de todos los principios. Con la expresión “carácter informador” de la segunda parte del art. 1.4 CC se hace referencia a la función de los principios de constituir el fundamento de todo el sistema jurídico (o de alguno de sus subsistemas) y de contener, en consecuencia, directivas vinculantes para la interpretación de las normas escritas. A ello se dedicará,...
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