Preguntas
Bueno luego de esta gustosa clase de ética y derechos humanos, ahora pregunto, ¿no será más inhumano pensar en mantener 40 años, básicamente hasta el día de sumuerte a un sujeto encerrado en un ambiente incierto y por sobre todo, tomando en cuenta, la violencia como la forma de relacionarse entre los internos sin mencionar el gran problema de sobrepoblación delas cárceles chilenas.( dato: Carcel de Limache con 360% de sobrepoblación según el Instituto Nacional de Derechos Humanos).
Pregunta hacia parte a favor
"Chile es parte de la ConvenciónInteramericana de Derechos Humanos y, por lo tanto, está obligado a cumplir con sus disposiciones. Es una obligación internacional".
Asimismo, aclaró que "el artículo 4° de la Convención Americana o Pacto de SanJosé establece en el capítulo que se refiere al Derecho a la Vida, que no se reestablecerá la pena de muerte en los estados en que la hayan abolido.
San José, Costa Rica 7 al 22 de noviembre de 1969 CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS (Pacto de San José)
Artículo 4. Derecho a la Vida
1. Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, engeneral, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente.
2. En los países que no han abolido la pena de muerte, ésta sólo podrá imponerse por los delitosmás graves, en cumplimiento de sentencia ejecutoriada de tribunal competente y de conformidad con una ley que establezca tal pena, dictada con anterioridad a la comisión del delito. Tampoco seextenderá su aplicación a delitos a los cuales no se la aplique actualmente.
3. No se restablecerá la pena de muerte en los Estados que la han abolido.
4. En ningún caso se puede aplicar la pena de muertepor delitos políticos ni comunes conexos con los políticos.
5. No se impondrá la pena de muerte a personas que, en el momento de la comisión del delito, tuvieren menos de dieciocho años de edad o...
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