premilitar
ARTÍCULO 1:La Asignatura Instrucción Premilitar se dictara en todos los planteles Públicos y Privados de Educación Media Diversificada y Profesional, incorporándose los planteles que no han sidoseñalados en las Resoluciones que al efecto se dictaron. Dicha inclusión debe hacerse en forma progresiva en un lapso de tres (03) años a partir del año escolar 1999-2000.
ARTÍCULO 2:Corresponderá a los jefes de las Zonas Educativas y/o Dirección General de Educación instrumentar obligatoriamente la asignatura de Instrucción Premilitar, con el fin de lograr que todoslos planteles Públicos y Privados de Educación Media Diversificada y Profesional, que no están incorporados al Programa lo hagan según el siguiente Cronograma.
Año escolar 1999-2000Se dictará en el 1er. año de Educación Media Diversificada y Profesional de todos los planteles Privados del País y en los planteles Públicos donde actualmente se imparte laInstrucción, debiendo las Zonas Educativas, incorporar el 10% de los planteles de su jurisdicción donde no se dicta la asignatura.
Año escolar 2000-2001 Se dictará en el 2do. año deEducación Media Diversificada y Profesional de todos los planteles Privados del país y en los planteles públicos incorporados al programa debiendo las Zonas Educativas incorporar el 30% de losplanteles que para la fecha no imparten la asignatura.
Año escolar 2001-2002
Se dictará en todas los planteles Públicos y Privados del país en el 1er. y 2do. año de EducaciónMedia Diversificada y Profesional, correspondiéndoles a las Zonas Educativas incorporar a los planteles Públicos que aún no están impartiendo la asignatura Instrucción Premilitar.
Regístrate para leer el documento completo.