prenda aduanera y abandono legal de mercancias
Las mercancías que se encuentren bajo la potestad aduanera están gravadas
como prenda legal en garantía de la deuda tributaria aduanera y no serán delibre disposición mientras ésta no se pague totalmente o se garantice.
En tanto las mercancías se encuentren bajo la potestad aduanera y no se
acredite la cancelación de los tributos y tasas porservicios
correspondientes, ninguna autoridad podrá ordenar que sean embargadas o
rematadas.
El derecho de prenda aduanera es preferente, especial y faculta a la
SUNAT a retener las mercancías que seencuentren bajo su potestad,
perseguirlas en caso contrario, comisarlas, retornarlas a los depósitos
aduaneros y disponer de ellas en la forma autorizada por la Ley y su
Reglamento, cuando éstas no sehubiesen sometido a las formalidades y
trámites establecidos en los plazos señalados en la Ley o adeuden en todo o
en parte los derechos arancelarios e impuestos que las afectaban.
Procede la suspensióndel plazo de abandono legal durante el trámite de los
medios impugnatorios o cuando exista una medida cautelar con efecto
suspensivo dispuesta por autoridad distinta a la SUNAT.
La Intendencia Nacionalde Administración y las intendencias de aduana
son competentes para disponer de las mercancías en situación de abandono
legal o comiso administrativo de las mercancías en situación de abandono
legaly las que hayan sido objeto de comiso serán rematadas, adjudicadas,
entregadas al sector competente o destruidas por la autoridad aduanera.
Para la destrucción de mercancías se deben cumplir lasnormas de cuidado
del medio ambiente y la salud pública; en los casos que la naturaleza de las
mercancías lo requiera se solicitará la opinión del sector competente.
No procede la adjudicación demercancías, en situación de abandono legal
o comiso administrativo o judicial, al dueño, consignatario o infractor.
La entrega al sector competente de las mercancías restringidas en
situación de abandono...
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