Prescripcion Extintiva
• 1.- Que,atendido lo dispuesto en el artículo 4º del Código del
Trabajo las modificaciones totales y parciales relativas al
dominio , posesión o mera tenencia de la empresa no alteran losderechos y obligaciones de los trabajadores emanados de sus
contratos individuales o de los instrumentos colectivos de
trabajo, que mantendran su vigencia y continuidad con el o losnuevos empleadores.
9. Que, el precepto en comento fue concebido como una forma de
protección de los derechos y obligaciones de los trabajadores
emanan de sus respectivoscontratos individuales y colectivos,
a fin de que no sean alterados por acontecimientos que le son
ajenos, tales como la circunstancia de venderse, (como ocurre acá) o arrendarse larespectiva empresa. A mayor abundamiento, el artículo 4º inciso
2º del Código del Trabajo, al distinguir entre empresa y empleador,
ha vinculado los derechos y obligaciones de lostrabajadores con
la empresa y no con la persona natural o jurídica que lo
administra. Por esta razón las modificaciones totales o parciales
relativas al dominio, posesión o mera tenenciade la empresa,
no altera los derechos y obligaciones de los trabajadores.
Asimismo, la incorporación de un nuevo socio y el cambio de la
razón social de la misma empresa noalteran los derechos que
individual o colectivamente y el derecho al pago de
indemnizaciones, cuando ello procediere.
10. Que, atendida la probanza acompañada los argumentos señaladospor la demandada deberán ser desechados, toda vez que
cualquiera sea el nuevo titular de la organización empresarial
en la que prestaba servicios la demandante, procede que éste...
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