PRESENTACION RD 625 DE 2014 GESTION IT
10 arts. 4 Disp. Ad. 2 Disp.Trans. 1 Disp.Derog y 8 Disp.
Finales.
Derogación del RD 575/1997 de 18 de abril.
Modif. parcial RD 1993/1995, de 7 de diciembre.
Modf. parcial RD 295/2009, de 6 de marzo.
Modif. parcial RD 1430/2009, de 11 de septiembre.
Modif. parcial RD 160/2011, de 14 de noviembre.
Ámbito de aplicación
Durante los primeros 365 días de IT.
Cualquiercontingencia.
Cualquier régimen del sistema de seguridad social,
salvo funcionarios civiles, fuerzas armadas y
administración de justicia.
Trabajo por cuenta propia o por cuenta ajena.
Pasados los 365 días: El INSS decide: Alta, prórroga o
Inicio IP.
Entrada en vigor: 1 de septiembre de 2014.
Principales novedades
Partes de baja y confirmación relacionados con la
duración estándar dela IT.
Cambio de la regulación en la determinación de
contingencias.
Seguimiento
y control de las contingencias
comunes desde el primer día por las Mutuas.
Ampliación de las posibilidades de las mutuas de
realizar propuestas motivadas
contingencias comunes.
de
alta
en
Principales novedades
Obligación de las mutuas de motivar las derivaciones
de trabajadores al Sistema Público.
Ampliación de plazos de revisión de altas emitidas por
las mutuas.
Cambio en el acceso a los datos médicos.
Se introduce el tratamiento informatizado de las
comunicaciones.
Declaración médica de la baja, confirmación y alta
Todo parte médico precedido de reconocimiento médico con determinación
objetiva
de la IT.
IT. Contingencia común:
Inicia el proceso: Médico de atención primaria.Partes de confirmación: Médico de atención primaria.
Emisión del alta: Médico de atención primaria/Inspectores médicos del SPS, DEL
INSS o del ISM.
IT. Contingencia profesional:
Inicia el proceso: Facultativo de la mutua.
Partes de confirmación: Médico de la mutua.
Emisión del alta: Médico de la mutua/Inspectores médicos del SPS, del INSS o del
ISM.
El alta médica extingue la IT y surte efectos eldía siguiente al de su emisión
(reincorporación).
Declaración médica de la baja, confirmación y alta
Novedades: Vinculación de los partes de baja y confirmación al período de
duración estimado de la baja por el profesional:
Bajas inferiores a 5 días naturales: alta y baja en el mismo acto.
Entre 5 y 30 días naturales: primera revisión en los 7 días naturales ss a la
baja. Resto:Máximo 14 días naturales entre sí.
Entre 31 y 60: primera revisión en los 7 días naturales ss a la baja. Resto:
Máximo 28 días naturales entre sí.
61 ó más: primera revisión en los 14 días naturales ss a la baja. Resto:
Máximo 35 días naturales entre sí.
Modificación o actualización de diagnóstico: Se emitirá un parte de
confirmación que recoja la nueva duración estimada (los siguientes partes deconfirmación se expedirán en función de la nueva duración estimada.
Declaración de la baja y confirmación
PROCESOS
Duración estimada
menos 5 días naturales
BAJA
Extensión de la baja
Duración estimada 61
días naturales ó más
Fin de la expedición de
partes
CONFIRMACIÓN
Tras el reconocimiento médico del trabajador.
En el mismo acto médico se procede a la baja y al alta.
Duración estimada entre
5y 30 días naturales
Duración estimada entre
31 y 60 días naturales
REVISIÓN MÉDICA
Máx. 7 días tras la
baja.
Se extiende el alta o
se confirma la baja.
- Máx. cada 14 días
naturales entre sí.
- Siempre si se modifica
Diagnóstico.
- Máx. cada 28 días
Máx. 7 días tras la
naturales entre sí.
baja.
Extensión de la baja.
- 2º parte confirmación
Se extiende el alta o
incluirá un informe médico
seconfirma la baja.
complementario.
Extensión de la baja
Máx. 14 días tras la
baja.
Máx. cada 35 días
Se extiende el alta o naturales entre sí.
se confirma la baja.
Cuando el proceso llega a los 365 días, antes de esa fecha se ha de
comunicar al interesado que el control pasa a ser ejercido por los
servicios médicos del INSS o entidad gestora.
Gestión partes de baja, confirmación y alta...
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