Presunción art. 23 LCT - Derecho Laboral

Páginas: 5 (1147 palabras) Publicado: 17 de abril de 2015
Trabajo Práctico N°1


Asignatura: Derecho del trabajo y la previsión social.


Objeto: Presunción art. 23 LCT.


Profesor Titular: Dr. Oscar Zas.


Profesora Adjunta: Dra. Muziani.


Alumnos: Nikiel Luciano; Ianni Pablo.


Cuatrimestre: 2do.


Año: 2014.


Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales - UNLP.



















1- Indique desde qué perspectiva aplica el fallo la presuncióncontenida en el art. 23 de la LCT. Fundamente su respuesta.

Art. 23 LCT: “El hecho de la prestación de servicios hace presumir la existencia de un contrato de trabajo, salvo que por las circunstancias, las relaciones o causas que lo motiven se demostrase lo contrario.
Esa presunción operará igualmente aun cuando se utilicen figuras no laborales, para caracterizar al contrato, y en tanto que por lascircunstancias no sea dado calificar de empresario a quien presta el servicio.”

Además de lo dispuesto por el artículo precedentemente citado, también hacemos notar que, para que se configure una relación de trabajo entre dos partes, siendo una el empleador y la otra el trabajador, tiene que existir una relación de dependencia. Esta relación de dependencia se compone de tres tipos de subordinación:1. Subordinación Jurídica: consiste en la posibilidad jurídica del empleador de dirigir en el empleo la conducta del trabajador hacia los objetivos de la empresa.
2. Subordinación Técnica: someter el trabajo a los pareceres y objetivos señalados por el empleador.
3. Subordinación Económica: el trabajador pone su fuerza de trabajo a disposición del empleador a cambio de una remuneración.

Atento aestos requisitos necesarios para que se configure la relación laboral, el fallo de la Suprema Corte no niega en ningún momento que entre ciertas fechas haya existido relación laboral entre la actora y la demandada (como también hace notar que esa misma había sido la postura del tribunal de origen). El inicio de la relación laboral comenzó el 1-VIII-1986 y finalizó el 26-VI-1990 (que es la fecha envirtud de la cual el Tribunal de Trabajo N°1 entiende que el vínculo laboral finalizó).

A nuestro entender, y de acuerdo con lo expuesto por el Dr. Genoud, los argumentos que esgrime la actora no alcanzan para configurar las explicaciones y fundamentaciones válidas para demostrar de manera fehaciente la existencia de un vínculo laboral, toda vez que se dedica a desacreditar la validez del fallodel tribunal de origen (basándose en la concurrencia de uno solo de los magistrados para la votación), pero además, y como bien expresa el fallo de rechazo de recurso extraordinario, estos argumentos, desde su óptica, solamente respaldarían su versión de los hechos, no de manera objetiva, sino subjetiva.

2- Explique las conclusiones a las que arriba la sentencia en cuanto a la acreditación o node la relación de dependencia laboral haciendo uso de dicha presunción legal.

En virtud de lo expuesto por el Dr. Genoud, juez de la Suprema Corte de Justicia, y atento a los antecedentes que motivaron la impugnación de la sentencia dictada por el Tribunal de Trabajo N°1 y su consiguiente petición de recurso extraordinario se resuelve por explicar lo siguiente: en primer término, la actora aduceen su demanda la existencia del vínculo laboral detallando el carácter de la relación (a la que la misma califica como “de dependencia”) y expresando asimismo todas las cuestiones referidas a fecha de inicio y fin de la misma, características de organización (en lo relativo a la forma de ejercer el la contraprestación a la cual se obligó, es decir, detalla que, por ejemplo, “(...) al comienzo dela relación jurídica realizaba dos veces por semana guardias de 24 horas en la Clínica; atendía en los consultorios de la patronal los pacientes que ésta ordenaba, y cubría los partos de los pacientes privados del Sanatorio así como los de aquellas personas que tenían un sistema prepago de salud vinculado con la accionada.”). También expresa la actora que “en los últimos años de la relación...
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