Pretensiones en Derecho Administrativo español
Las pretensiones de las partes constituyen el marco al que debe limitar su actuación eo órgano judicial: la pretensión contenidaen la demanda limita el objeto del litigo.
DISTINGUIR PRETENSIÓN Y MOTIVO, ya que pretensión es aquello que pedimos, el resultado que queremos obtener del litigio, mientras que motivo es aquello quenos ha incentivado llegar a esa pretensión concreta, el origen de ese deseo en nosotros.
Así mismo, la pretensión no puede ser alterada a lo largo del proceso, mientras que los motivos puedenampliarse, incluso ser sometidos a la consideración de las partes por el órgano judicial, si estas no hubiesen apreciado su concurrencia y su influencia en el pleito (art.33.2 LJCA)
La ley distingue hastacuatro clases distintas de pretensiones.
a) Pretensiones declarativas
b) Pretensiones constitutivas
c) Pretensiones de condena
d) Pretensiones mixtas
e) Medidas cautelares
Pretensionesdeclarativas
Art. 31.1: el demandante podrá pretender la declaración de no ser conformes al derecho y, en su caso, la anulación de los actos y disposiciones susceptibles de impugnación>>
Legislador hacereferencia a las disposiciones generales y a los actos de cualquier naturaleza con cuya mera anulación el actor considera satisfecha su pretensión. AL ACTOR LE BASTA TAL PRONUNCIAMIENT, SIN REFERNCIANINGUNA A SITUACIONES INDIVIDUALIZADAS.
Parece lógico entender que dicha declaración debe ir acompañada de otra que anule el acto o disposición, ya que difícilmente puede comprenderse la validez de unacto que ha sido declarado de nulo derecho, no crees?
Si el acto es contrario a Derecho, debe solicitarse simultáneamente por el actor su declaración de nulidad
Pretensiones constitutivas
Art....
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