Prevencion Riesgos
Protocolo de Exposición Ocupacional a Ruido En noviembre 2011, MINSAL aprueba la norma técnica Nº 125 denominada “Protocolo de normas mínimas para el desarrollo de programas de vigilanciade la pérdida auditiva por exposición a ruido en los lugares de trabajo”. Este documento reemplaza a resolución anterior vigente desde 1997.
Propósito
Contribuir a disminuir la incidencia yprevalencia de hipoacusia de origen ocupacional, a través del establecimiento de criterios comunes, líneas de acción y recomendaciones para el manejo integral del trabajador expuesto ocupacionalmente aruido, con la
Finalidad de preservar la salud auditiva, prevenir y detectar precozmente daño auditivo, definiéndose las etapas y acciones complementarias de vigilancia ambiental y a la saludCorrespondientes que eviten la progresión del daño.
Un programa de vigilancia en un entorno de trabajo ruidoso, se debe fundar explícitamente en la prevención del efecto de daño sobre la audición,incluyendo para tal fin el monitoreo ambiental del lugar de trabajo en particular, junto con un monitoreo de la salud auditiva de los trabajadores de manera de implementar medidas preventivas y correctivas apartir de sus resultados.
El programa deberá estar a cargo de un equipo multidisciplinario, el que debe comprender las áreas de salud ocupacional, prevención de riesgos e higiene industrial.
• Ellímite permisible de ruido se mantiene en 85 dBA para 8 horas de exposición diaria y equivale a una dosis de 1 o 100%.
• Se agrega el termino Criterio de Acción, que corresponde a una dosis igualal 50% del límite permisible, 82 dBA, que si es excedido, dará lugar a la implementación de medidas de control técnicas y /o administrativas, destinadas a disminuir la exposición ocupacional a ruido,junto con el ingreso del trabajador al programa de vigilancia de la salud auditiva.
PREXOR
Protocolo de Exposición Ocupacional a Ruido
Vigilancia de la salud auditiva
• Se deben incluir en...
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