prevencion
Pero antes voy a explicar algunos aspectos fundamentales para poderrealizar este ejercicio ( y a los cuales me referiré posteriormente en cada caso en particular), como son los diferentes tipos de servicios de prevención que puede haber en las empresas y la normativa que los regula. Así como explicar que son y las normas básica de funcionamiento tanto de los delegados de prevención, como de los comités de seguridad y salud.
Comité de seguridad y salud: el Comité deSeguridad y Salud es el Órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos. Se constituirá un Comité de Seguridad y Salud en todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores, a solicitud de éstos. El Comité estará formado por los Delegados de Prevención, de unaparte, y por el empresario y/o sus representantes en número igual al de los Delegados de Prevención, de la otra. Se reunirá como mínimo trimestralmente. Participarán, con voz pero sin voto, los Delegados Sindicales y los responsables técnicos de la prevención en la empresa que no estén incluidos en la composición del Comité, debiendo éste reunirse trimestralmente y siempre que lo solicite alguna delas representaciones en el mismo (Art. 38 Ley 31/1995 - LPRL). El Comité de Seguridad y Salud tendrá las siguientes competencias (Art. 39 LPRL):
• Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes y programas de prevención de riesgos en la empresa. A tal efecto, en su seno se debatirán, antes de su puesta en práctica y en lo referente a su incidencia en la prevenciónde riesgos, los proyectos en materia de planificación, organización del trabajo e introducción de nuevas tecnologías, organización y desarrollo de las actividades de protección y prevención (a que se refiere el párrafo “a” del apartado 1 del Art. 39 de la Ley 31/1995 con sus correspondientes reformas incluidas en el Art. 5 de la Ley 54/2003) y proyecto y organización de la formación en materiapreventiva.
• Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva prevención de los riesgos, proponiendo a la empresa la mejora de las condiciones o la corrección de las deficiencias existentes.
En el ejercicio de sus competencias, el Comité de Seguridad y Salud estará facultado para:
• Conocer directamente la situación relativa a la prevención de riesgos en el centro de trabajo,realizando a tal efecto las visitas que estime oportunas.
• Manejar cuantos documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la actividad del servicio de prevención, en su caso.
• Analizar y conocer los daños producidos en la salud o en la integridad física de los trabajadores, al objeto de valorarsus causas y proponer las medidas preventivas oportunas.
• Informar la memoria y programación anual de servicios de prevención.
Delegados de prevención: los Delegados de prevención son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo. Los Delegados de prevención serán designados por y entre los representantes del personal, conarreglo a la escala de la página siguiente (Art. 35 LPRL).
Cantidad de trabajadores en la empresa Cantidad de Delegados de Prevención
50 a 100 2
101 a 500 3
501 a 1.000 4
1.001 a 2.000 5
2.001 a 3.000 6
3.001 a 4.000 7
4.001 en adelante 8
En las empresas de hasta treinta trabajadores el Delegado de prevención será el Delegado de personal. En las empresas de...
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