Pricphma
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Publicado: 12 de mayo de 2011
SEGURO DE VIDA
El primer colegio profesional hondureño de maestros “PRICPHMA” actualmente mantiene una cobertura de protección en concepto de seguro de vida con los siguientes beneficios:
Coberturas:
1.- Beneficio de seguro de vida por muerte del afiliado lps. 150,000.00
2.- Beneficio por muerte accidental lps. 300,000.00
3.- Beneficio por muerte accidental calificadadel afiliado lps. 450,000.00
Se entiente por accidente calificado aquel que sufre el asegurado
Mientras se encuentre viajando como pasajero en un vehículo público no aéreo; propulsado mecánicamente y operado por una empresa de transporte público que con regularidad preste servicio de pasajero en la ruta establecida a base de alquiler, pero no en el momento de tratar de abordar o descenderde dicho vehículo o consecuencia de ello
Incapacidad permanente
Si el asegurado sufre un accidente, tentativa de homicidio o enfermedad que lo incapacite total y permanente para realizar su trabajo o cualquier otra actividad por la cual pueda recibir remuneración o ingreso, el PRICPHMA pagara la suma asegurada básica como pago anticipado de rentas mensuales durante un año, desde el momento enque se establezca la incapacidad de manera definida y certifique una autoridad medica a criterio del PRICPHMA; dividiendo el monto de la suma asegurada básica entre 12. Si ocurre el deceso antes de terminar la renta, se pagara la diferencia entre la suma asegurada básica y la sumatoria de las indemnizadas
Gastos fúnebres por muerte del afiliado lps. 25,000.00
Ayudas fúnebres:
1.- Porfallecimiento del CONYUGE LPS. 20,000.00
2.- Por fallecimiento del padre o la madre lps. 20,000.00
3.- Por fallecimiento de cada uno de los hijos 20,000.00
Artículos:
Art. 32.- Todos los participantes para tener derecho a los beneficios establecidos en El plan, tiene obligatoriamente que estar al día en el pago de sus cotizaciones.
Art. 38.- Si el participante cae en mora pierde su condición demiembro de El plan y como efecto inmediato no tendrá derecho a los beneficios establecidos en el reglamento.
Art. 72.- Las cuotas pagadas a El plan, quedan a su favor y pasan a formar parte de su patrimonio y por ningún concepto serán reembolsables.
Art. 73.- Si el participante al momento de su muerte tiene obligaciones pendientes de pago con el PRICPHMA o con El plan, estas obligaciones serándeducidas del monto del benéfico que percibirán sus beneficiarios, entregándoles a estos el excedentes que les corresponda.
Art. 76.- Las acciones derivadas del PLAN DE PREVISION DEL MAESTRO PRICPHMA, prescribirá en tres años, contados desde la fecha del acontecimiento que les dio origen o en su defecto, a partir de la última gestión realizada por el reclamante.
Documentos para reclamo debeneficio
Seguro de Vida
1.- Dos actas de defunción originales.
2.- Fotocopia de documentos personales del afiliado.
3.- Certificación del médico forense u otro médico que atendió al momento del fallecimiento, indicando la causa de la muerte.
4.- Si es muerte violeta tiene que presentar certificación del Ministerio Público indicando que no estaba drogado ni alcoholizado.
5.- Partida denacimiento del maestro fallecido.
6.- Estado de cuenta del afiliado.
7.- Partida de nacimiento de cada uno de los beneficiarios y fotocopia de tarjeta de identidad.
8.- Estado de cuenta de cotizaciones.
9.- Presentar solicitud de beneficio de pago de seguro de vida.
IMPORTANTE
1.- El afiliado debe comprobar mensualmente si su cotización la deduce el PRICPHMA.
2.- Reportar cualquiermovimiento en su carrera docente, traslado, ascenso, licencia, jubilación etc.
3.- Si el participante cae en mora, pierde su condición de miembro de El plan y como efecto inmediato no tiene derecho a los beneficios establecidos (art. 38 reglamentos)
4.- Todos los participantes para tener derecho a los beneficios establecidos en El plan tienen obligatoriamente que estar al día en el pago de sus...
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