PRIMRA RESOLUCI N EN LA VIA ORDINARIA CIVIL 2015
ORDINARIO No. 02-2015-73 Oficial notificador 1º.
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL
Guatemala, veintitrésde marzo del año dos mil quince…………………………………………………………………………………..
I) Con el memorial que antecede y documentos acompañados fórmese respectivo expediente. II) se tome nota que el presentado actúa bajola dirección y procuración del abogado propuesto, quien podrá actúan en forma indistintamente, así como del lugar señalado para recibir notificaciones; III) Se admite para su trámite la demandaOrdinaria de Daños y Perjuicios Provenientes de Incumplimiento Contractual, contenido en la escritura pública número uno de fecha veinte de julio de dos mil doce, autorizada en esta ciudad por el NotarioRaimundo Barrientos Joya. IV) Se emplaza por nueve días al demandado, para que haga valer su derecho, e interpongan las excepciones respectivas. V) Como medida precautoria, se decreta la anotación de lapresente demanda, sobre el bien inmueble identificado en el apartado de peticiones de trámite, numeral seis de la demanda, librándose para el efecto el despacho para el Registro General de laPropiedad respectivo. VI) Se tienen por ofrecidos los medios de prueba individualizados. Y por presentados los documentos acompañados. VII) Tómese nota del lugar señaladopara notificar al demandado lo demássolicitado, presente para su momento procesal.
NOTIFIQUESE. ARTÍCULOS: 29, 31, 44, 50. 51, 57, 58, 61, 63, 67, 68, 69, 70, 75, 79, 96, 97, 106, 107, 111, 112, 113, 114, 116, 118, 120, 123, 128, 129,177, 178, 179, 180, 181,182, 183, 194, 195, 196, 526, 527, 573 del Código Procesal Civil y Mercantil, 141,142, 143,144,145, 171, 176, 206, de la Ley del Organismo Judicial.
LIC. RAIMUNDO BARRIENTOS...
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