Principio De Autoridad
En derecho procesal el principio de autoridad define, dentro de las categorías de los principios generales del derecho procesal, los límites del aspecto jerárquicoautoritario que asume aquella disciplina por la incidencia del órganojudicial, considerado como poder del estado político, en el conflicto de los justificiables.Generalmente, tanto la doctrina comola legislación han evitado cuidadosamente las referencias directas al HYPERLINK "http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/principio/principio.htm" principiode autoridad, utilizando circunloquios que serefieren a los atributos del mismo o a las formas en que el mismo se manifiesta, sin advertir -o advirtiendo demasiado-, que unos y otros son corolarios derivados de un concepto cuya magnitud lescomprende: el juez y su función en el derecho procesal.El poder de conducción o de dirección del proceso, el poder de esclarecer la verdad de los hechos del proceso, etcétera, independientemente de sucategorización dentro de los poder- deberes, son manifestaciones del principio deautoridad, cuya conceptuación dependerá de la respuesta que se de sobre cuales son los límites de la función del juez enel derecho procesal.Al respecto existen dos posiciones netamente antagónicas, inspiradas en una ideología socio-política: liberal-individualista una, jerárquico-autoritaria otra, pero entre ambas, cuyassoluciones son diametralmente opuestas, existe infinidad de fórmulas transaccionales, sincreticas unas, eclecticas otras, que representan valoracionesindividuales de este difícil problema.Definir, dentrode la categoría de los principios generales del derecho procesal, un principio que tiene comopresupuesto lo jerárquico autoritario, no deja de presentar riesgo polémico, por las inervaciones políticasque son connaturales al tema. Sin embargo, es imperativo estructurar el principio regulador de la actividad del órganojurisdiccional, al que no se le puede desconocer una imbricación política, y...
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