1 § 21. EL PRINCIPIO DEMOCRÁTICO. IGUALDAD 1. La razón político-discursiva Toda la cuestión planteada por las corrientes “contractualistas” se refieren, en última instancia, a la existencia de un consenso originario del que parte la institucionalidad política. Ese consenso originario, sin embargo, nunca es efecto de un acto histórico, voluntario conciente, explícito, como decisión de constituirdesde cero una comunidad política. La pietra nigra, una piedra enterrada en el Foro romano no lejos del senado, quería remitir a ese contrato originario. Lo mismo puede decirse de la piedra que recuerda en Jerusalén el pacto o alianza de Abraham con su Dios. Otro tanto se recuerda en la Meca. Esos actos que corresponden a una narrativa simbólica o mítica, “en aquel tiempo” diría Mircea Eliade,dicen referencia alo tiempo originario que el contractualismo considera siempre como una ”metáfora” del hecho empírico e histórico de una comunidad política ya siempre existente con un cierto consenso que antecede a todo acuerdo contractualizado. El tema del “contrato” nos remite entonces a lo que aquí nos ocupa, a la referencia necesaria del consenso en una comunidad de comunicación política queacepta una cierta institucionalidad como la propia, como la tradicional, como lo que permite ejercer el Poder (la potestas) por parte de las autoridades (sea el jefe del clan, de la etnia, el rey antiguo, los ancianos en Israel o los senadores de la República romana, o el Emperador chino secundado por la burocracia secularizada de los mandarines o la junta de comerciantes más importantes comoacontecía en Tiro o Sidón, antecedente de Tebas o Atenas, de Venecia o del parlamento inglés). Hay un consenso primordial, intersubjetivo, implícito y siempre ya dado, sin el cual ninguna gobierno puede ejercer el Poder comunitario –que se funda en la racionalidad práctica discursiva como acuerdo acerca de lo que la tradición ha mostrado como mejor y que se acepta hasta tanto alguien pueda poner dichahegemonía en cuestión-. La legitimidad de una organización del ejercicio del Poder se sustenta formalmente en la legitimidad política, en la aceptación tolerable del orden establecido de las instituciones vigentes. Todo cosenso, acuerdo o constitución explícita, acordada, proclamada, firmada como contrato o alianza política viene después y modifica ese suelo duro de la tradición consensual. Lacomunidad política, entonces, como comunidad de comunicación pública desde una estructura del poder que queda delimitada en un campo político, tiene siempre implícita una referencia última al criterio político de legitimidad de todas las normas legales, acciones o instituciones que determine. Este criterio último de legitimidad política es siempre y de alguna manera el de la participación simétrica delos afectados (afectados por lo que ha de resolverse) teniendo como instrumento fundamental para alcanzar los acuerdos algún tipo de instituciones donde se expresan cierto tipo de argumentos, de razones (que pueden también ser narrativas simbólicas o míticas en su origen), todo lo cual está motivado por cierto tipo de igualdad política, que permite la homogeneidad de la voluntad general1. Elprincipio moral de validez práctica2 es subsumido ahora como posibilidad de delimitar
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Por ahora se insistirá en la Igualdad, ante la distinción discriminante (esta última es la diferencia de los dominantes). En la Segunda sección se prestará atención a la Di-ferencia ante la igualdad dominadora homogeneizante (esta última, es la igualdad como particularidad opresora con pretensión deuniversalidad). Véase mi obra Dussel, 1998, cap.2.
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2 el campo político como político, ya que la mera validez abstracta formal es ahora concretizada como principio político de legitimidad (siempre implícito de hecho en las acciones e instituciones políticas). El paradigma lingüístico consensual, ya que la vida política sin la retórica (la expresión persuasiva en la esfera pública público, en el...
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