PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD
JOSÉ GARCÍA M.//
Para mí, los dos principios anteriores señalan dos formas de llevar acabo y finalizar el proceso penal. Ambos principios señalan postuladosdiferentes.
El principio de legalidad procesal determina que el Estado, a través de su órgano investigador y acusador, el Ministerio Público, está obligado a perseguir todos los hechos delictivosconocidos. Frente a esto tenemos el principio de oportunidad, mediante el cual el Ministerio Público puede desistir del ejercicio de la acción, absteniéndose de ejercitarla cuando la acción esteprescrita, cuando no afecte la colectividad, por la poca gravedad del hecho ante la comunidad, cuando el autor o participe del delito haya sufrido daño físico o moral grave que haga innecesaria ydesproporcionada una pena.
En el sistema procesal penal regido por el principio de legalidad, en el que necesariamente un procedimiento penal debe realizarse ante la sospecha u ocurrencia de la comisión deun hecho delictivo, en donde el Fiscal no puede motivar la suspensión o prescindir de la acción penal o limitarla a algunas de las personas que intervinieron en el hecho, mientras subsistan loshechos que los han originado.
Por otra parte, un sistema procesal regido por el principio de oportunidad (212,214CPP), señala que el Ministerio Público esta autorizado, si se cumplen los presupuestosprevistos por la norma, a ejercitarla, lo cual facilita la suspensión de la acción penal.
La incorporación del principio de oportunidad en nuestra legislación, representa una manifestacióncontraria a la aplicación de el principio de obligatoriedad del ejercicio de la acción penal, que ha demostrado la necesidad y la utilidad, conforme al interés social y público, de que, en ciertos casos, serenuncie a tal ejercicio. Además abre la posibilidad de conceder en lo penal, atención a la víctima y al imputado del ilicito. Por otro lado, las cargas procesales penales también disminuirían y...
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