Principios De Juicios Orales 14 05 2010
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h1Principios de juicios orales/h1
h4por rosstm06 buenastareas.com/h4
Los principios que rigen el Juicio en el Sistema Acusatorio. Los principios que rigen los nuevos juicios, predominantemente orales son br /
ORALIDADbr /
Predominio dela expresioacuten verbal sobre la escrita. El inculpado seraacute juzgado en audiencia puacuteblica por un Juez, en juicio predominantemente oral, donde las partes, testigos, peritos, el Juez y su Secretario expresaraacuten sus argumentos de forma oral, mismos que son conservados en audio o video grabacioacuten. Se conserva el uso de algunos documentos como puede ser el caso de los acuerdosprobatorios. br /
CONTRADICCIOacuteNbr /
La parte que defiende y la que acusa tienen posibilidad de debatir las pruebas aportadas mutuamente con el fin de que el Juez pueda llegar a la verdad de los hechos. br /
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INMEDIACIOacuteNbr /
El desahogo de todas las pruebas debe realizarse frente al Juez. br /
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CONTINUIDADbr /
Desahogo de las audiencias que componen el proceso, sin dejartranscurrir periacuteodos de tiempo muerto. br /
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PUBLICIDADbr /
Toda persona puede conocer y presenciar el desarrollo del juicio. br /
CONCENTRACIOacuteNbr /
Regulacioacuten de dos audiencias especiacuteficas para el desahogo de todas las etapas procesales.br /
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1.2.1.PRINCIPIOS RECTORES DEL SISTEMA ACUSATORIObr /
En la doctrina no existe uniformidad en establecer unnuacutemero determinado de principios rectores, pero en el reformado artiacuteculo 20 constitucional se establece que el proceso penal seraacute acusatorio y oral, regido por los principios de publicidad, contradiccioacuten, concentracioacuten, continuidad e inmediacioacuten, losque se procede a explicarbr /
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A.- PRINCIPIO DE ORALIDADbr /
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En virtud de este principio, en primer lugar, todaslas peticiones formuladas por las partes al funcionario judicial se fundamentaraacuten y decidiraacuten en forma oral. Generalmente deben resolverse con citacioacuten y audiencia de la otra parte, salvo las reservadas.br /
En segundo teacutermino, el juzgamiento es oral, por audiencias, y en la audiencia puacuteblica de juzgamiento no se permite la introduccioacuten de diligencias deinvestigacioacuten escritas, mediante actas o informes, sino a traveacutes de la declaracioacuten oral del medio de prueba (testigo, perito e investigador). Lo anterior tiene tres excepcionesbr /
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La prueba anticipada, cuya introduccioacuten al juicio puede admitirse por lectura, pero para su produccioacuten deben cumplirse todos los requisitos formales de prueba producida en juicio, es decir, coninmediacioacuten y en forma oral y contradictoria ante el juez.br /
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Acuerdos probatorios, cuando no existe controversia sobre una diligencia de investigacioacuten y los resultados de la misma, se admite como prueba el informe, se introduce mediante lectura y no se requiere que quien lo elaboroacute declare, al ser hechos probados.br /
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En tercer lugar, el juez debe anunciar el sentidodel fallo en forma oral, y en audiencia posterior, pronunciar la sentencia oralmente.br /
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En cuarta instancia, cualquier actuacioacuten no oral o no verbal en las audiencias debe verbalizarse, ya sea por quien la realizoacute, las partes o el juez. br /
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En quinto teacutermino, no se permitentranscripciones literales de las audiencias, sino la grabacioacuten de la actuacioacuten...
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