Principios democraticos de colombia
No puede decirse que se haya sustituido parcialmente la Constitución por supresión del principio de igualdad aplicado al proceso de elección presidencial o por una total subversión delprincipio de la democracia pluralista, por cuanto tales principios siguen rigiendo y además el Acto Legislativo acusado contempla expresas previsiones orientadas a garantizar el equilibrio en lacontienda y promover la igualdad electoral en el nuevo contexto institucional, y se asegura la posibilidad de que el electorado decida sobre la alternación en el poder, al mantenerse las eleccionesperiódicas y limitarse a una sola vez la posibilidad de reelección.
En otra dimensión del cargo relacionado con el principio de igualdad, la actora señala que el acto legislativo acusado es contrario almismo en la medida en que no permite que altos funcionarios del Estado distintos del Presidente de la República sean candidatos a la Presidencia, sin necesidad de renunciar a sus cargos. Encuentra laCorte que la acusación no se orienta a mostrar la existencia de una sustitución de Constitución por supresión o total subversión del principio de igualdad, sino a plantear una oposición material,por una especie de omisión del constituyente derivado, entre el contenido del acto legislativo y el principio de igualdad. Por expresa disposición de la Constitución, la Corte solo puede ocuparse delos vicios que tengan que ver con el procedimiento, incluidos en ellos los de carácter competencial, pero no puede abordar el estudio de la reforma por vicios materiales o de fondo, razón por la cualel cargo, así planteado, resulta inepto. Lo mismo puede decirse del planteamiento conforme al cual, puesto que tanto el Presidente de la República, como los gobernadores y los alcaldes sonfuncionarios de elección popular y cabeza de la rama ejecutiva en su respectiva jurisdicción territorial, en aplicación del principio de igualdad, resultaba imperativo que, si se establecía la posibilidad de...
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