problema jurídico
Hechos probados
1) En el año 2001 la señora María Nohelia Arboleda Rincón, junto con sus hijos se vio obligada a abandonar su lugar de vivienda, “Corinto” ubicado en la vereda la Ilusión del municipio de San Carlos – Antioquia, debido a la violencia que se gestaba para la época en el municipio y enespecial por la coerción que ejercía el jefe del Bloque Metro de la AUC alias “Castañeda". Esto es sustentado con la declaración rendida por la accionante a la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de tierras Despojadas, con el interrogatorio de partes practicado en el presente tramite y con lo declaro por el Juzgado Once Penal del Circuito Especializado de Bogotá contra alias“Castañeda” en sentencia condenatoria (Cfr. Fls 80 a 99).
2) Teniendo en cuanta el anterior hecho la acciónate también se vio forzada a vender el predio en mención a alias “Castañeda”, el jefe militar por el precio de $25.000.000, de los cuales solo le cancelo $11.000.000, pero la venta no se elevo a escritura pública porque la señora María Nohelia Arboleda Rincón. Hecho que se comprueba en los folios 24y 29 del expediente y en el libelo la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Victimas, certifica que la demandante y su núcleo familiar se encuentran en el Registro Único de Victimas desde el 14 de enero de 2008.
3) Teniendo en cuenta que el inmueble “Corinto” es una propiedad colectiva de propiedad de la demandante y el señor Jose de la Paz Mosalve Atehortua, así lo hiso constarla matricula inmobiliaria No. 018-22555 de la oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Marinilla (Antioquia ) puesto que después de la disolución conyugal de la señora María Arboleda Rincón y el señor Jose Monsalve en 1992, esta trarfirio su derecho de dominio sobre el 50% del predio mediante titulo de compraventa creando así una comunidad proindiviso del 50% para cada uno, también loacredita el Comité Municipal de Atención Integral a la Población Desplazada por la violencia del municipio de San Carlos Antioquia mediante acta de declaratoria de inminencia de riesgo de desplazamiento No.458 del 27 de julio de 200726.
4) También se da por probado el hecho de que el señor Mosalve es víctima, ya que en el sistema de Información para la Población Desplazada se encuentra consignado queel ya mencionado también fue víctima del desplazamiento forzado del municipio de San Rafael vecino del municipio de San Carlos, el día 01 de septiembre de 2002. Este y los anteriores hechos también se sustenta en que los episodios de violencia sufridos en esta zona son de conocimiento público.
Punto crítico: desde mi punto de vista esta es una de las sentencias más interesantes e importantesque se ha dado a cerca del derechos de propiedad en la población desplazada y más específicamente en la propiedad común y proindiviso, en la copropiedad, ya que este no se muestra en ningún momento como un impedimento para que personas pertenecientes a la población desplazada victimas del despojo puedan hacer vales su derecho se restitución, no obstante como la mayoría de las sentencias en...
Regístrate para leer el documento completo.