proc tributario
2.Según el articuloArticulo 644. Sanción por corrección de las declaraciones.
El veinte por ciento (20%) del mayor valor a pagar o del menor saldo a su favor, según el caso, que se genere entre la corrección y la declaracióninmediatamente anterior a aquélla, si la corrección se realiza después de notificado el emplazamiento para corregir o auto que ordene visita de inspección tributaria y antes de notificarleel requerimiento especial o pliego de cargos
10% sobre el total del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso sin que exceda del 200% del impuesto a cargo si se presenta la declaración despuésde ser emplazado por la DIAN
3. El señor pepito perez debe pagar una sancion correspondiente al 20% del total de las consignaciones bancarias porque son mayores a los ingresos registrados en laúltima declaración y se toma el mayor.
Ingresos 2009
Consignaciones 2010
108.000.000
155.000.000
Sanción
31.000.000
4.El señor carlos pinto deberá pagar sanción por extemporaneidad del 0.5 % porque notiene umpuesto a cargo por cada mes o fracción de mes calendario de retard, la sanción recaerá sobre los ingresos brutos percibidos por el declarante en el período objeto de declaración, sin excederla cifra menor resultante de aplicar el cinco por ciento (5%) a dichos ingresos, o del doble del saldo a favor si lo hubiere, o de la suma de 2.500 UVT, cuando no existiere saldo a favor. En caso...
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