Procediemto civil

Páginas: 28 (6760 palabras) Publicado: 10 de agosto de 2010
LEY 1395 DE JULIO 12 DE 2010

POR LA CUAL SE ADOPTAN MEDIDAS EN MATERIA DE DESCONGESTiÓN
JUDICIAL.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
CAprTUlO I
Reformas al Código de Procedimiento Civil
ArtíCulo1°. Elartículo 14 del Códigode Procedimiento Civil quedará así:
Artículo 14. Competencia de losjueces municipales. Los jueces municipales conocen en
única instancia:
1. De los procesoscontenciosos de mínima cuantía.
2. De los procesos de sucesión de mínima cuantía.
3. De la celebración del matrimonio civil, sin perjuicio de la competencia atribuida a los
nota rios.
4. De los procesos verbales sumarios.
5. De los procesos atribuidos a los jueces de familia en única instancia, cuando en el
municipio no exista juez de familia o promiscuo de familia.
Parágrafo. Tratándose de losprocesos consagrados en los numerales 1, 2 Y
3, los jueces
municipales conocerán de estos solo cuando en el municipio no exista juez municipal de
pequeñas causas Y competencia múltiple.
Artículo ZO. El Código de Procedimiento Civil tendrá un nuevo artículo 14 A, del
siguiente tenor:
Artículo 14 A. Competencia de los jueces municipales de pequeñas causas y
competencia múltiple. Los Juecesmunicipales de pequeñas causas y competencia
múltiple conocen en única instancia de los siguientes asuntos:
1. De los procesos contenciosos de mínima cuantía.
2. De los procesos de sucesión de mínima cuantía.
3. De la celebración del matrimonio civil, sin perjuicio de la competencia atribuida a
los notarios.
Artículo 3°. Modifíquese el numeral 2 del artículo 20 del Código de Procedimiento
Civil,el cual quedará así:
1. Por el valor de la suma de todas las pretensiones acumuladas al momento de la
presentación de la demanda.
Artículo 4°. El artículo 29 del Código de Procedimiento Civil quedará así:
Artículo 29. Atribuciones de las salas de decisión y del magistrado ponente.
Corresponde a las salas de decisión dictar las sentencias y los autos que resuelvan sobre
la apelación contra elque rechace o resuelva el incidente de liquidación de perjuicios de
condena impuesta en abstracto. El Magistrado sustanciador dictará los demás autos
que no correspondan a la sala de decisión.
Los autos que resuelvan apelaciones, dictados por la sala o el magistrado sustanciador,
no admiten recurso.
A solicitud del Magistrado sustanciador, la sala plena especializada podrá decidir losrecursos de apelación interpuestos contra autos o sentencias, cuando se trate de
asuntos de trascendencia nacional, o se requiera unificar la jurisprudenc.ia o establecer
un precedente judicial.
Artículo 5°. Elartículo 85 del Código de Procedimiento Civilquedará así:
Artículo 85. Inadmisibilidad y rechazo de plano de la demanda. El juez declarará
inadmisible la demanda:
1. Cuando no reúna losrequisitos formales.
2. Cuando no se acompañen los anexos ordenados por la ley.
3. Cuando la acumulación de pretensiones en ella contenida no reúna los requisitos
exigidos por los tres numerales del primer inciso del artículo 82.
4. Cuando no se hubiere presentado en legal forma.
5. Cuando el poder conferido no sea suficiente.
6. En asuntos en que el derecho de postulación procesal estéreservado por la ley a
abogados, cuando el actor que no tenga esta calidad presente la demanda por sí mismo
o por conducto de apoderado general o representante que tampoco la tenga.
7. Cuando el demandante sea incapaz y no actúe por conducto de su representante.
En estos casos, el juez señalará los defectos de que adolezca, para que el demandante
los subsane en el término de cinco días. Si no lohiciere, rechazará la demanda.
Eljuez rechazará de plano la demanda cuando carezca de jurisdicción o de competencia,
o exista término de caducidad para instaurarla, si de aquella o sus anexos aparece que
el término está vencido.
Si el rechazo se debe a falta de competencia o jurisdicción, el juez la enviará con sus
anexos al que considere competente; en los demás casos, al rechazar la demanda...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • procediemto constructivo red de agua potable
  • Civil
  • Civil
  • Civil
  • Civil
  • Civil
  • Civil
  • Civil

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS