Procedimiento abreviado en chile - taller de procedimiento penal
Es el segundo procedimiento especial. Forma parte de los mecanismos de aceleración procesal.
La razón de su establecimiento es que se intenta “descomprimir” la labor de los tribunales orales en lo penal, mediante una salida breve, en donde se exige la existencia de un acuerdo. Además, con esto se logra el ahorro de recursos fiscales.
Este procedimiento también formaparte de la justicia penal negociada, en que se requiere para su aplicación, el acuerdo entre el fiscal y el imputado.
Respecto de la naturaleza jurídica que tiene este acuerdo o consentimiento existen 4 posturas: -de transacción, -de confesión, -de allanamiento, -de renuncia al juicio oral. La cátedra lo considera una renuncia informada y consciente al juicio oral.
El tribunal competente es eljuez de garantía.
Esta regulado desde el Art. 406 al 415 CPP.
Concepto: “Es un procedimiento especial, que se efectúa ante el juez de garantía, eliminado el juicio previo, oral y público, cuando la pena que requiera aplicar el Ministerio Público no exceda de 5 años de privación de libertad, y exista un acuerdo entre el fiscal y el imputado para darle aplicación”.
Requisitos de procedencia:Es requisito indispensable que el imputado reconozca los hechos que sirven de base a la acusación del fiscal, y que, por ende, renuncie a su derecho de exigir un juicio oral.
Los requisitos de procedencia son 2:
1. Que la pena privativa de libertad, requerida por el Ministerio Público, no exceda de 5 años (presidio menor en su grado máximo). O que las penas, en caso que sean más de una,conjuntamente no superen dicho límite.
2. Que el imputado efectúe un reconocimiento, en virtud del conocimiento de los hechos, de aceptarlos y manifestar su conformidad con la aplicación de un procedimiento abreviado. (Cabe destacar que equivale a una confesión; pudiendo invocar una nueva atenuante ”colaborar sustancialmente en el esclarecimiento de los hechos”). (Aún más si tiene intachable conductaanterior, puede sumar ya dos atenuantes y rebajar la pena en 2 o 3 grados).
Los hechos que va a reconocer el imputado, son los que han sido materia de una investigación y que han servido de base al Ministerio Público.
Cuando el imputado reconoce los hechos, los transforma en hechos admitidos, y por lo tanto, respecto de ellos no va a proceder la presentación de la prueba.
El reconocimiento quese le exige al imputado, y el acuerdo que debe efectuar para que se aplique este procedimiento, tiene el objeto de que no se vulnere el derecho al debido proceso, ya que, su aplicación implica una renuncia al derecho al juicio oral.
La consecuencia de la aceptación de los hechos por el imputado es una declaración de reconocimiento de éstos, pero no constituye una declaración de culpabilidadpropiamente tal, ni una declaración de responsabilidad o participación.
Si reconoce los hechos y acepta la aplicación del procedimiento abreviado, el tribunal de Garantía se encuentra limitado, ya que, sólo podrá indagar respecto de los antecedentes y la investigación que le aportare el Ministerio Público (que conste en la carpeta de investigación, y en los antecedentes aportados por el M.P.).
Envirtud de los antecedentes aportados al juez de garantía, éste tendrá la posibilidad de dictar sentencia, absolviendo o condenando al imputado.
El acuerdo que se requiere debe realizarse entre el imputado y el fiscal. El querellante particular también deberá estar de acuerdo.
El acuerdo debe consistir en:
1. Conociendo la investigación y los antecedentes del Ministerio Público, debe aceptarlos hechos y la aplicación del procedimiento abreviado.
2. El imputado renunciará al juicio oral, por lo tanto, no se podrá rendir prueba. En esto radica la importancia de que esté consciente de la decisión y que conozca los efectos que ella produce.
Como el imputado sólo realiza el reconocimiento de los hechos, el juez de garantía podrá, incluso, absolverlo, pues no está reconocida la...
Regístrate para leer el documento completo.