Procedimiento de asilo en bolivia
Según la normativa vigente, cualquier extranjero tiene derecho a solicitar asilo en los términos de laConvención de 1951.
Las solicitudes deben ser presentadas, por escrito y en forma confidencial, ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto que, de acuerdo a lo estipulado por el DecretoSupremo 19.640, es el organismo encargado de atender las solicitudes presentadas.
A fin de proporcionar asesoramiento legal en el proceso de evaluación y de toma de decisiones, existe una ComisiónNacional –CONARE- integrada por representantes de varios Ministerios (Relaciones Exteriores, Interior, Trabajo, y Justicia) y de organismos de la sociedad civil boliviana (Iglesia Católica, AsambleaPermanente de Derechos Humanos, Universidad Mayor de San Andrés). En dicha Comisión, el ACNUR participa con voz pero sin voto en las deliberaciones.
Debido a serias dificultades en la implementación dela normativa vigente, la Conferencia Episcopal Boliviana -CEB- como agencia que implementa los programas del ACNUR en Bolivia, presta asistencia directa en la tramitación de las solicitudes de asiloa fin de facilitar su presentación ante las autoridades bolivianas.
En este sentido, el solicitante puede acercarse a la Conferencia Episcopal Boliviana (CEB), donde será entrevistado por personalde la organización, quienes le solicitarán que complete un cuestionario de elegibilidad. Asimismo, en ese momento se elabora una carta de presentación que acredita que la persona ha manifestado suintención de solicitar asilo en Bolivia, con la que el solicitante deberá concurrir ante la Secretaría del CONARE en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Una vez iniciado el trámite ante lasautoridades, el peticionante será entrevistado en forma independiente y confidencial por el asesor legal del CEB y asimismo por la autoridad gubernamental designada por la CONARE para conducir la...
Regístrate para leer el documento completo.