Procedimiento De Exportacion Definitiva
PROCEDIMIENTO DE
PROCEDIMIENTO
EXPORTACIÓN DEFINITIVA
INTA-PG.02 (V.5)
(RSNAA Nº440-2005/SUNAT/A)
Expositora:
Econ. SONIA ARGUMEDO HERNÁNDEZ
TEMARIO
Principales cambios en el proceso de despacho de
exportación definitiva.
Normas Generales.
Tramitación del régimen.
Casos especiales.
Infracciones, sanciones y delitos.
PRINCIPALES CAMBIOS EN EL PROCESO DE
DESPACHO DEEXPORTACIÓN DEFINITIVA
ELIMINACIÓN
EMBARQUE
DE
LA
ORDEN
DE
TRANSMISIÓN DE LA RECEPCIÓN DE LA
MCÌA. POR PARTE DEL TERMINAL DE
ALMACENAMIENTO
REGULARIZACIÓN DEL RÉGIMEN
ELIMINACIÓN DE LA ORDEN DE EMBARQUE
LGA
ORDEN DE
EMBARQUE
DUA
EXPORTACIÓN
(Mod. Art. 54º)
D.LEG. 951
DUA
EXPORTACIÓN
• Las
mercancías
deberán
ser
EMBARCADAS
dentro
del
plazo
máximo dediez (10) días, contados a
partir del día siguiente de la
NUMERACIÓN DE LA DECLARACIÓN.
ELIMINACIÓN DE LA ORDEN DE EMBARQUE
DUA
EXPORTACIÒN
REGLAMENTO LGA
D.S. 011
( Art. 85º)
• TRANSMISIÓN DE DUA
CON
DATOS
PROVISIONALES.
• TRANSMISIÓN DE DATOS
COMPLEMENTARIOS.
TRANSMISIÓN DE LA RECEPCIÓN DE LA MCÍA.
POR PARTE DEL T. ALMACENAMIENTO
D.LEG 951
(Mod. Art. 42º)
(...)Los
terminales
de
almacenamiento
comunicarán a la autoridad aduanera el ingreso de
las mercancías a sus recintos al término de su
recepción, antes de su salida al exterior.
El exportador que opte por embarcar las
mercancías desde su local, procederá en forma
similar una vez que éstas se encuentren expeditas
para su embarque.
TRANSMISIÓN DE LA RECEPCIÓN DE LA MCÍA.
POR PARTE DEL T.ALMACENAMIENTO
REGLAMENTO LGA
D.S. 011
( Art. 50º)
• Los terminales de almacenamiento deben
transmitir electrónicamente la información
relativa a la mercancía recibida para su
EMBARQUE al exterior dentro del plazo de
dos (2) horas de computados a partir del
término de su recepción, de acuerdo a la
forma y condiciones que establezca la
SUNAT.
NUEVO PROCESO DE TRANSMISIÓN DUA -DATOS
PROVISIONALES
SIGAD
Despachador
Envío electrónico de
datos de la DUA
DECLARACIÓN NUMERADA
Canal Naranja
Ingreso
mercancía al
Almacén
Transmisión de T.A. de
recepción carga
Embarque Mercancías
Canal Rojo
REGULARIZACIÓN DEL RÉGIMEN
LGA
DUA
EXPORTACIÓN
D.LEG 951
(Mod. Art. 54º)
• La REGULARIZACIÓN del
régimen se efectuará en la
forma
y
plazos
queestablezca el Reglamento.
REGULARIZACIÓN DEL RÉGIMEN
REGLAMENTO LGA
D.S. 011
DUA
EXPORTACIÓN
( Art. 85º)
• La REGULARIZACIÓN del régimen se
realiza con la TRANSMISIÓN por vía
electrónica
de
la
información
complementaria de la declaración y la
PRESENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS
que la sustentan a satisfacción de la
autoridad aduanera, dentro del plazo
de quince (15) díascontados a partir
del día siguiente de la fecha de
término del embarque.
REGULARIZACIÓN DEL RÉGIMEN DUA - DATOS
COMPLEMENTARIOS
Despachador
SIGAD
Div. Exportación
Presentación física de documentos
A
Transmite
información
vía electrónica
de la DUA
DUA
- Convalida
información
- Retorna fecha
y hora
Verifica datos
consignados
en la DUA con
Despachador
RecibeConformidad
reimpresión
DUA
doc.
A
- DUA con datos provisional.
- Documento de Transporte
- Factura 2da. Copia
- Autorizaciones Especiales
- Otros, de corresponder
Correcto
Regularización
régimen y
distribuye
copias
PROCEDIMIENTO ACTUAL DE EXPORTACION DEFINITIVA
D ESPACHADOR DE
ADUANAS
ADUANA DE DESPACHO
SIGAD
ZONA PRIM ARIA
RECONOCIM IENTO FISICO
EMBARQUE
PRESENTACION DOCUM ENTARIA
1
INICIO
T RANSMISIION DE
DATOS O.E
2
CONVALIDA
INFORMACION
GENERA NUMERO O.E
NOTIFICA PARA
PRESENTACION DE
DUA Y
DOCUMENTACION
RECIBE NUMERO E
IMPRIME O.E.
INGRESO FISICO DE LA
MERCANCIA
FINALIZADO EL CUAL
SE PRESENTA O.E.
PARA SU VISACION
CONFRONTA
MERCANCIAS CON
LO DECLARADO
DUA
3
ORDEN
EMBARQUE
O. EMBARQUE
DOC....
Regístrate para leer el documento completo.