Procedimiento penal
4.- DESCRIPCIÓN DEL CASO.
Durante la gestión 2007, el Sr. Alcalde en su calidad de M. A. E., del Municipio de, “ Santa Rita” del Departamento de Cochabamba, adquirió financiamiento del programa EVO CUMPLE, para la ejecución del proyecto denominado“Construcción Sistema de Alcantarillado Comunidad San Aurelio – Voladero”, para cuyo fin se procedieron a la suscripción de un convenio de Cooperación para el Desarrollo Social, entre la embajada de la República Bolivariana de Venezuela y el Gobierno Municipal de Santa Rita, obra que debía ejecutarse bajo la modalidad de Administración Directa, debiendo llevarse registros contables y financieros. Cabeseñalar que de acuerdo a la copia del proyecto presentada a la UPRE el monto total de ejecución asciende a la suma de 1.061.843.57.Bs (Un millón sesenta y un mil ochocientos cuarenta y tres 40/100 Bolivianos).
Lamentablemente, el Sr. Alcalde Municipal de “Santa Rita”, para acceder a los recursos del Programa EVO CUMPLE, actúo de mala fe, debido a que el Proyecto denominado “ConstrucciónSistema de Alcantarillado Comunidad San Aurelio – Voladero”, presenta observaciones, que hacen denotar que este proyecto es una copia de otro proyecto, conforme se puede advertir de la copia presentada por el mismo ex - Alcalde de Santa Rita a la Unidad de Proyectos Especiales (UPRE), por ejemplo: señala “…la población de Camino chico..”(ver Pág. 27 punto 3.2.1..,), comunidad que segúncertificaciones de los Sres. Alcaldes de Mas Allá y De Ahí, esta comunidad pertenece a la jurisdicción de Mas Allá y no así a la jurisdicción de Santa Rita.
Otra de las observaciones, que demuestra que el Proyecto no ha sido procesado para la Comunidad de San Aurelio (Santa Rita), se encuentra en la parte de anexos 3B, Pag. 8, PARTE mapas de ubicación geográfica del proyecto político departamental,provincial y cantonal, donde sobresale el “Cantón de Mas Allá”; asimismo, la cantidad de la población no concuerda con la población de la Comunidad beneficiada con el Proyecto.
Por otro lado, corresponde también denunciar que el ex alcalde del municipio de Santa Rita, Sr. NN, ha incumplido con sus deberes, al vulnerar la Ley de Municipalidades; toda vez que en su momento no ha procedido ahacer conocer y solicitar la aprobación del referido proyecto ante el H. Concejo Municipal, mucho menos ha informado sobre la entrega de dicho proyecto, ya que de forma muy particular y discrecional los ha realizado conjuntamente con los dirigentes del Cantón Muyu Muyu, conforme se evidencia en la nota de fecha 26 de marzo del 2008, mediante el cual el Honorable Concejo Municipal, ante denuncias delos comunarios, solicitaron al Alcalde Municipal que a la brevedad posible remita a conocimiento del H. Consejo Municipal el proyecto de Alcantarillado, ante el incumplimiento de esta orden, mediante R. M. NO. 0496/2007, de 29 de noviembre del 2.008. Comunicación Interna No. 0332/2008 de 21 de abril del 2008, Minutas de Comunicación No. 0742/2008 de 08 de noviembre del 2008, No. 0851/2008 de 09de diciembre del 2008 y Resoluciones Municipales de 15 de julio y 18 de julio del 2009, se reitera la solicitud de dicha documentación y ante la no remisión de la documentación solicitada, mediante R. M. No. 0349/2008, se responsabiliza al Ejecutivo Municipal de la administración de los dineros o cheques Venezolanos, que no han sido depositados en las cuentas que posee el Municipio, menos se haremitido los informes instruidos y conminados mediante Minutas de Comunicación.
Posteriormente, sin importar el daño económico que acarrearía al proceder en la ejecución de un proyecto que no ha sido diseñado para la Jurisdicción de San Aurelio (Santa Rita) y mucho menos se procedió ha realizar un levantamiento topográfico y peor aún no existió una aprobación por el Honorable Concejo...
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