procedimientos de mercancias
LEY No. 265, Aprobado el 04 de Septiembre de 1997
Publicada en La Gaceta No. 219 del 17 de Noviembre de 1997
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
HA DICTADO
La siguiente:
LEY QUE ESTABLECE EL AUTODESPACHO PARA LA IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN YOTROS REGÍMENES
TITULO I
CAPITULO ÚNICO
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- La presente Ley tiene por objeto regular los actos y formalidades que los interesados y las autoridades aduaneras deben realizar en las aduanas para la entrada o salida de mercancías al o del territorio nacional.
Artículo 2.- En el sistema de auto despacho, los interesados deben cumplir con las obligacionesarancelarias y tributarias y no tributarias que genera la entrada o salida de la mercancía. La presente Ley indicará los casos en que las autoridades aduaneras determinarán las obligaciones de los contribuyentes
Artículo 3.- Son obligaciones arancelarias y tributarias el pago de derechos, impuestos, tasas, cuotas antidumping, multas y las demás que establezcan las leyes. No son obligacionestributarias, las regulaciones y restricciones no arancelarias a la importación o a la exportación que se hubiesen expedido de conformidad a las leyes vigentes, identificados en términos de la posición arancelaria, a nivel de inciso, precisión y nomenclatura que les corresponda, conforme al arancel vigente y publicado en los medios de comunicación social escritos, sin perjuicio de su posteriorpublicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Artículo 4.- Los trámites relacionados con el auto despacho de mercancías, serán realizados por los Agentes Aduaneros autorizados o sus gestores, ya sea como consignatarios o mandatarios de importadores o exportadores.
Artículo 5.- Están obligados al cumplimiento de las disposiciones de la presente Ley, su Reglamento y otras disposiciones aplicables, los queintroduzcan mercancías al territorio nacional o las extraigan del mismo, sean estos propietarios, poseedores, destinatarios, remitentes, apoderados, Agentes Aduaneros o cualquier otra persona que tenga intervención en la introducción, extracción, custodia, almacenaje, manejo y tenencia de las mercancías o de los hechos, actos y formalidades mencionados en el Artículo primero de la presenta Ley.Artículo 6.- Las personas que presten servicios o realicen actividades dentro de los recintos aduaneros y fiscales o fiscalizados, deberán portar los gafetes, carnet u otros distintivos que los identifiquen, en los términos que se establezca en el Reglamento de la presente Ley.
Solo podrán ingresar a tales recintos las personas autorizadas por las autoridades aduaneras. En caso de inobservancia,las autoridades aplicarán las sanciones que corresponda.
Artículo 7.- La presente Ley tiene aplicación a partir del momento en que las mercancías y los medios de transporte que las conducen, crucen la línea divisoria internacional, entren al espacio aéreo, a las aguas territoriales nicaragüenses o se realicen los actos y formalidades previas a la salida de unas y otros.
Artículo 8.- Las empresasporteadoras, los capitanes, pilotos, conductores y propietarios de los medios de transporte de mercancías materia de importación o exportación, además de las obligaciones nacionales e internacionales, que les señala la legislación aduanera tendrán las siguientes:
1) Aplicar las medidas de control que las autoridades aduaneras señalen para prevenir y asegurar en los medios de transporte elcumplimiento de las disposiciones de esta Ley.
2) Presentar cuando se les requiera, las mercancías que transportan, así como los manifiestos y demás documentos que las amparen, utilizando los formularios correspondientes.
3) Realizar las maniobras de descarga y carga para la adecuada revisión de la mercancía, cuando las autoridades aduaneras lo requieran.
4) Proporcionar la información...
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