Procesal 1 Proceso De Conocimiento Y Ejecución
Luego de la regulación correspondiente a los Procesos preliminares, el Proceso cautelar, los Procesos incidentales, y el Proceso de conocimiento, contenida en los primeros cuatro títulos del Libro II, el Código General del Proceso contiene un Título V referido a los Procesos de ejecución (arts. 371 a 401), a cuyo análisis dedicaremos los próximos comentarios.
Comoindicación complementaria a esta presentación “geográfica” de la regulación, conviene también destacar que dentro del Título IV sobre el Proceso de conocimiento, el legislador incluye al Proceso ordinario (arts. 337 a 345), el Proceso extraordinario (arts. 346 y 347) y el Proceso de estructura monitoria (arts. 351 a 370), además de unas Disposiciones generales (arts. 348 a 350).
Presentando estaorganización de los procesos de conocimiento, en la Exposición de Motivos señalan los autores del Código que “La Comisión no entiende pertinente discutir la exactitud técnica de la categorización o calificación funcional implicada en el nomen juris que luce el Título IV, por cuanto y como no puede ser de otro modo, admite la seriedad y fundamento de las posiciones doctrinarias diversas (como, porejemplo, la de nuestro respetado colega, el Profesor Barrios de Ángelis) y porque, a la postre, la exactitud o inexactitud de la denominación en cuestión, es por completo indiferente en orden a la eficacia práctica de las soluciones reguladas; que es, precisamente, lo que debe ser tema de discusión” (apartado IV num. 5 de dicha Exposición).
En el apartado siguiente volveremos sobre el punto, alanalizar la clasificación de los procesos en sus especies de conocimiento y ejecución. Pero antes de ingresar a ese tema, y a título introductorio, realizaremos una breve introducción que, tal vez, nos permitirá encarar ese tema con mayor firmeza.
Si se trata de sintetizar en grado máximo las posibles pretensiones cuya resolución puede someterse a un tribunal, se coincide en señalar que las mismaspueden ser declarativas, constitutivas o de condena.
En efecto, en ciertos casos el presunto perjudicado requiere del tribunal (o en casos absolutamente excepcionales el tribunal releva de oficio) una mera declaración de que existe o no existe una determinada situación jurídica (pretensión declarativa): por ejemplo, el actor afirma que por haber poseído con los requisitos previstos en el CódigoCivil ha adquirido un inmueble por prescripción adquisitiva y solicita al tribunal que así lo declare; o que el predio lindero al suyo tiene salida a una calle o camino público y solicita al tribunal que declare que no existe una servidumbre de paso a favor de su vecino; etc.
En otros casos el presunto perjudicado requiere del tribunal (o en casos absolutamente excepcionales el tribunal relevade oficio), además de una declaración, la constitución de una determinada situación jurídica (pretensión declarativa y constitutiva): por ejemplo, el actor afirma que es hijo del demandado y solicita que se constituya el estado filiatorio de hijo habido fuera del matrimonio; o afirma que está casado con la demandada y que están separados de hecho desde hace más de tres años y pide que se dispongala disolución del vínculo matrimonial por divorcio; etc.
Finalmente, en algunos casos el presunto perjudicado requiere del tribunal (o en casos absolutamente excepcionales el tribunal releva de oficio), además de una declaración, la condena al demandado a dar, hacer o no hacer algo: por ejemplo, afirma que su padre no cumple con su obligación legal de abonar la pensión alimenticia, y solicita selo condene a pagarle cierta suma de dinero por ese concepto; o que el depositario no le devolvió la cosa entregada en virtud de un contrato de depósito y solicita que se lo condene a entregarla; o que el demandado se obligó a pintarle un cuadro y que no lo ha hecho, y solicita que se condene a pintarlo; o que es titular de una servidumbre sobre el predio de su vecino y que éste pretende...
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