procesal civil

Páginas: 21 (5124 palabras) Publicado: 14 de junio de 2013
TITULO II
DE LA EXTINCION DE LAS OBLIGACIONES

CAPITULO I
DISPOSICION GENERAL

ARTÍCULO 351C.C. BOLIVIA. (MODOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES).-
Las obligaciones se extinguen por:
1. Su cumplimiento.
2. Novación.
3. Remisión o condonación.
4. Compensación.
5. Confusión.
6. Imposibilidad sobrevenida de cumplir la prestación, no imputable al deudor.
7.Prescripción.
8. Otras causas determinadas por la ley.
CONCLUSION: Sobre este título de la extinción de las obligaciones o efectos de la obligación, que es la forma que establece el C.C.Peru la diferencia está, en que no se considera la transacción en el C.C. Bolivia dentro de este título, incluso esta fuera de la materia de obligaciones y se le regula en materia de contratos, establecido en su art. 945.I. La transacción e un contrato por el cual mediante concesiones recíprocas se dirimen derechos de cualquier clase ya para que se cumplan o reconozcan, ya para poner término a litigios comenzados o por comenzar, siempre que no esté prohibida por ley. II. Se sobreentiende que la transacción está restringida a la cosa u objeto materia de ella por generales que sean sus términos.
En la legislaciónperuana es definida de igual forma como un buen acuerdo al que llega el acreedor y deudor, donde se realizan concesiones reciprocas y ambos manifiestan su voluntad, pero se contempla dentro de materia de obligaciones, y se considera un medio de extinción de la obligación cuando se transige sobre la totalidad de la obligación, contemplado dentro de los efectos de la obligación.
CAPITULO II
DE LANOVACION




1. NOVACION OBJETIVA:
ART. 352 C.C. BOLIVIA.- Se extingue la obligación cuando se la sustituye por otra nueva con objeto o título diverso.
ART. 1278 C.C. PERU.- Hay novación objetiva cuando el acreedor y el deudor sustituyen la obligación primitiva por otra, con prestación distinta o a título diferente.
2. NOVACION SUBJETIVA:
NOVACIÓN SUBJETIVA ACTIVA.-
ART. 1280 C.C.PERU.- En la novación por cambio de acreedor se requiere, además del acuerdo entre el acreedor que se sustituye y el sustituido, el asentimiento del deudor.
NOVACIÓN SUBJETIVA PASIVA.-
ART. 357 C.C. BOLIVIA.- Cuando un nuevo deudor se sustituye al originario con liberación de este último, se observa lo dispuesto en el Capítulo II, Título III, Primera Parte del Libro presente.
ART. 1281 C.C. PERU(POR DELEGACIÓN).-La novación por delegación requiere, además del acuerdo entre el deudor que se sustituye y el sustituido, el asentimiento del acreedor.
ART. 1282 C.C. PERU (POR EXPROMISIÓN).- La novación por expromisión puede efectuarse aun contra la voluntad del deudor primitivo.
3. DESTINO DE LOS PRIVILEGIOS Y GARANTÍAS REALES:
ART. 354 C.C. BOLIVIA.- Los privilegios y garantías reales delcrédito anterior se extinguen por la novación si las partes no convienen expresamente en mantenerlos para el nuevo crédito
ART. 1283 C.C. PERU.- En la novación no se trasmiten a la nueva obligación las garantías de la obligación extinguida, salvo pacto en contrario. Sin embargo, en la novación por delegación la obligación es exigible contra el deudor primitivo y sus garantes, en caso que lainsolvencia del nuevo deudor hubiese sido anterior y pública, o conocida del deudor al delegar su deuda.
4. INVALIDEZ DE LA NOVACION:
ART. 356 C.C. BOLIVIA.- I.La novación no tiene validez si la obligación anterior es nula. II.Si la deuda anterior proviene de título anulable, la novación es eficaz cuando el deudor asume válidamente la nueva deuda conociendo el vicio susceptible de invalidar dichotítulo.
ART. 1286 C.C. PERU.- I.Si la obligación primitiva fuera nula, no existe novación. II.Si la obligación primitiva fuera anulable, la novación tiene validez si el deudor, conociendo del vicio, asume la nueva obligación.
ART. 1287 C.C. PERU.- Si la nueva obligación se declara nula o es anulada, la primitiva obligación revive, pero el acreedor no podrá valerse de las garantías prestadas...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • Procesal Civil
  • procesal civil
  • Procesal civil
  • procesal civil
  • Procesal civil
  • Procesal Civil
  • Civil Procesal
  • PROCESAL CIVIL

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS