procesal civil
DE LOS JUICIOS
CAPITULO I
DEL JUICIO ORDINARIO
Artículo 638.- Las controversias que no tuvieren
señalada en este Código tramitación especial se
ventilarán en juicioordinario.
Artículo 639.- Presentada la demanda y
encontrándose ésta ajustada a las
disposiciones de los artículos 612 y 614,
estando bien acreditada la personalidad
del demandante, el juezemplazará a la
parte demandada para que la conteste
dentro del término de nueve días.
(REFORMADO, P.O. 14 DE ENERO DE 2005)
Artículo 640.- Con el escrito de contestación a la demanda se darávista al actor, para que dentro del término de tres días manifieste lo
que a su derecho convenga y en su caso, ofrezca pruebas. Del escrito
de réplica se dará vista al demandado, por igual término ypara los
mismos efectos. Si se opusieren reconvención o compensación, se
observará lo dispuesto en el artículo 635, otorgándole al actor el
término de nueve días para que produzca su contestación. Elreconventor deberá presentar su réplica dentro del término de tres
días y el actor su dúplica en igual término.
(REFORMADO, P.O. 14 DE ENERO DE 2005)
Artículo 641.- Fijada la litis, eljuez, de oficio, hará la calificación
de las pruebas ofrecidas por las partes y admitirá a trámite las
que considere procedentes de acuerdo con el artículo 230,
fijando fecha para la celebración de laaudiencia de pruebas y
alegatos, ordenando notificarlo personalmente a las partes y
mandando preparar aquéllas que requieran de diligencia
especial.
(REFORMADO, P.O. 14 DE ENERO DE 2005)
Artículo 642.- La inspección judicial y la pericial podrán desahogarse dentro del
período de preparación de las pruebas, así como solicitarse los informes y enviar los
exhortos para el desahogo deaquellas pruebas que lo requieran.
En caso de que la pericial verse sobre la firma o escritura de alguna de las partes, se
les citará para que estampen las firmas y rasgos calígrafos que los...
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